REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 02 de febrero de 2012
201º y 152º

Vista la diligencia suscrita en fecha 24 de febrero de 2012, por la abogada Nelly Herrera Bond, actuando con el carácter de apoderada judicial de las sociedades mercantiles Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. y Globovisión Tele, C.A. y del ciudadano Guillermo Zuloaga Núñez, mediante la cual solicita que de conformidad con lo previsto en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo, se libre el cartel de emplazamiento en la causa que cursa en el presente expediente.
Este Juzgado de Sustanciación, para proveer observa que en fecha 08 de diciembre de 2011, se pronunció en relación a la admisibilidad del presente recurso de nulidad ejercido conjuntamente con solicitud de amparo cautelar y subsidiariamente medida cautelar de suspensión de efectos, ordenándose librar las notificaciones correspondientes.
Ahora bien, debe destacarse que la oportunidad procesal para ordenar librar el aludido cartel de emplazamiento, es precisamente, al momento de pronunciarse acerca de la admisibilidad del recurso de nulidad, tal como lo prevé el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo y siempre y cuando el Tribunal razonadamente lo estime pertinente.
En el presente caso, los apoderados judiciales de las sociedades mercantiles Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. y Globovisión Tele, C.A. y del ciudadano Guillermo Zuloaga Núñez, no solicitaron librar el cartel antes de la admisión de la causa ni apelaron del auto de admisión de este Juzgado de Sustanciación que no ordenó librar el cartel de emplazamiento, atendiéndose a lo previsto en el artículo 80 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, vista la naturaleza de efectos particulares del acto administrativo impugnado, razón por la cual dicho auto adquirió firmeza, siendo por tanto extemporánea la solicitud realizada sobre el cartel de emplazamiento.
En virtud de los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de Sustanciación de la Corte Primera de lo Contencioso Administrativo niega la solicitud de expedición del cartel de emplazamiento, formulada en fecha 24 de enero de 2012, por la abogada Nelly Herrera Bond, actuando con el carácter de apoderada judicial de las sociedades mercantiles Corpomedios G.V. Inversiones, C.A. y Globovisión Tele, C.A. y del ciudadano Guillermo Zuloaga Núñez.
La Juez de Sustanciación,


Belén Serpa Blandín
El Secretario,


Jhotemberg Blanco Matheus


BSB/JBM/jab/rajc
EXP. N° AP42-G-2011-000302