REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN. SEDE MÉRIDA

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA



PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida sede Mérida.
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación.
Mérida, 13 de febrero de 2012
201º y 152º

Expediente Nro. 04067
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
DEMANDANTE: NARCIS DEL VALLE FUENTES TILLERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.037.115.
DEMANDADO: DARWIN JOEL GAVIDIA GARRIDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-13.967.309.
MOTIVO: HOMOLOGACION FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
El día de hoy, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar, en el presente juicio de FIJACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION, tal como fue fijada mediante auto de fecha 31 de enero del año 2012. En este estado el juez le explica a las partes la finalidad de la fase de mediación. Las partes previa orientaciones del Juez, llegaron al presente convenimiento de obligación de manutención en beneficio de su hija OMITIR NOMBRE, se fija la obligación de manutención en la cantidad de SEISCIENTOS BOLIVARES (Bs.600,00), mensuales, los cuales serán depositados por el padre los cinco primeros días de cada mes en la Cuenta Corriente N° 0151|-0117-20-4411707880 del Banco Fondo Común. Así mismo se fijan dos (2) Bonos especiales en el mes de Agosto y Diciembre en la cantidad de MIL BOLIVARES (Bs. 1.000,00), cada uno. Cantidades que serán depositadas en la referida cuenta los primeros cinco días en los meses correspondientes. Cantidades estas que serán aumentas anualmente en un veinte por ciento (20%), siempre y cuando haya aumento salarial del padre obligado. Igualmente el padre se compromete a cancelar la Guardería de la niña siempre y cuando se cumpla con los requisitos solicitados por el organismo empleador del padre obligado. Oídas las exposiciones de las partes ciudadanos NARCIS DEL VALLE FUENTES TILLERO y DARWIN JOEL GAVIDIA GARRIDO, quienes manifestaron estar conformes con lo establecido por ambos, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, resuelve: Homologar el acuerdo total celebrado entre los ciudadanos NARCIS DEL VALLE FUENTES TILLERO y DARWIN JOEL GAVIDIA GARRIDO, dándole el efecto de sentencia firme ejecutoriada, por cuanto no se vulneran los derechos que asisten a la niña de autos, por lo que se declara concluida la audiencia preliminar en su fase de Mediación. Se ordena el cierre del expediente y el archivo del mismo. CUMPLASE.

EL JUEZ TEMPORAL

ABG. PABLO ALARCON SANCHEZ

LA SECRETARIA TEMPORAL

ABG. MIREYA JAIMES JAIMES.