*-REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, siete de febrero de dos mil doce
201º y 152º

ASUNTO: KP02-J-2011-005682

SOLICITANTES: YERALDIN COROMOTO ALVARADO ARRIECHE y ALQUIMEDES JOSÉ ROJAS PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.590.332 y V-15.884.857, respectivamente, de este domicilio.
BENEFICIARIOS: Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de ocho (08), seis (06) y tres (03) años de edad, respectivamente.
MOTIVO: HOMOLOGACIÓN DE CUSTODIA.

El día de seis (06) de octubre de 2012, siendo las 10:00 de la mañana, comparecieron los ciudadanos YERALDIN COROMOTO ALVARADO ARRIECHE y ALQUIMEDES JOSÉ ROJAS PEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19.590.332 y V-15.884.857, respectivamente, de este domicilio, en la causa signada con el Nº KP02-J-2011-005682, y libre de apremio y coacción decidieron celebrar en presencia de la Juez el siguiente acuerdo:
“ÚNICO: Los niños Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, quedarán bajo la custodia de su padre ciudadano ALQUIMIDES JOSE ROJAS PEREZ, y la niña Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes quedará bajo la custodia de su madre, y ambos llegan de común acuerdo que la madre podrá compartir con los niños Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes todos los fines de semana desde el viernes hasta el domingo con pernocta, buscándolos la madre en el hogar del padre, y el padre buscándolos el día Domingo en el hogar de la madre, en relación a la niña Identidad omitida de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para La Protección de Niños, Niñas y Adolescentes compartirá un régimen de convivencia amplio con su padre pudiendo compartir en cualquier momento con el mismo, debido a su corta edad.

DISPOSITIVA

En consecuencia este tribunal de conformidad con lo previsto en los artículos 365, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Homologa el acuerdo celebrado entre los ciudadanos YERALDIN COROMOTO ALVARADO ARRIECHE y ALQUIMEDES JOSÉ ROJAS PEREZ en relación a la Custodia, en beneficio de los niños CLEIVER JOSÉ, YILBER JOSÉ, KIMBERLY YERIANNY, de ocho (08), seis (06) y tres (03) años de edad, respectivamente; en los términos ut supra ya antes indicados.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Estado Lara en Barquisimeto, a los seis (06) días del mes de Febrero de 2.012.

La Juez Tercera de Mediación y Sustanciación

Abg. Ana Elisa Anzola Peña.
La Secretaria,

Abg. Sol Chávez Medina

En esta misma fecha se registró bajo el Nº 259-2012 y se publicó siendo las 9:28 a.m.

La Secretaria,

Abg. Sol Chávez Medina

LGLA/AEA/Joa.-