REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 23 de Febrero de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2011-006809
ASUNTO : KP01-P-2011-006809
JUEZ: Abg. Amelia Jiménez García
SECRETARIO: Abg. Arlette Paradas
ALGUACIL: José Manuel Giménez
IMPUTADO (S):
José Gregorio González, venezolano, mayor de edad, INDOCUMENTADO, natural de Barquisimeto, nacido en fecha 07-11 no recuerda año de nacimiento, de 48 años de edad, casado, grado de instrucción analfabeta, de profesión u oficio Comerciante vende dulces en el terminal, hijo de Ana Teresa Chirinos (F) y Mario José González, residenciado en Yaritagua, carretera vieja, Barrio la Tiama, casa s/nº cerca de la Hacienda Santa Lucía casita de barro al lado de la señora martina, Yaritagua Estado Yaracuy, (me pueden conseguir en la 42 El Terminal a mi me dicen Lalo, en el Hotel de la 42 de la Señora Julia) Teléfono: no indica (luego de verificar el sistema Juris 2000, se evidencia que no presenta causas.)
FISCAL 27 DEL Ministerio Público: Abg. William Guerrero
DEFENSA PUBLICA: Abg. Ruth Blanco.
DELITO(S): Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas.
VICTIMA: El Estado Venezolano.
FUNDAMENTACION DE ORDEN DE APREHENSION:
Corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control FUNDAMENTAR la orden de aprehensión acordada en contra del imputado: José Gregorio González, venezolano, mayor de edad, INDOCUMENTADO, natural de Barquisimeto, nacido en fecha 07-11 no recuerda año de nacimiento, de 48 años de edad, casado, grado de instrucción analfabeta, de profesión u oficio Comerciante vende dulces en el terminal, hijo de Ana Teresa Chirinos (F) y Mario José González, residenciado en Yaritagua, carretera vieja, Barrio la Tiama, casa s/nº cerca de la Hacienda Santa Lucía casita de barro al lado de la señora martina, Yaritagua Estado Yaracuy, (me pueden conseguir en la 42 El Terminal a mi me dicen Lalo, en el Hotel de la 42 de la Señora Julia) Teléfono: no indica (luego de verificar el sistema Juris 2000, se evidencia que no presenta causas.), en oportunidad de celebración de Audiencia Oral conforme al artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, en fecha 19 de diciembre de 2011 por la comisión del delito de: Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas -
PRIMERO: De la revisión del asunto se observa que la presente audiencia se ha diferido en varias oportunidades por incomparecencia del imputado, así mismo se observo que en fecha 19 de mayo de 2011, en audiencia de presentación este Tribunal impuso las medidas cautelares sustitutivas a la privación de libertad de presentación cada 30 días ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial Penal y obligación de presentar copia de cédula de identidad en un lapso no mayo de 20 días incumpliendo ambas medidas, y a los fines de la celeridad, economía procesal y a objeto de evitar cualquier obstaculización en el proceso que se ventila, considera este Tribunal ajustado ORDENAR A NIVEL NACIONAL la aprehensión del imputado: José Gregorio González, venezolano, mayor de edad, INDOCUMENTADO, natural de Barquisimeto, nacido en fecha 07-11 no recuerda año de nacimiento, de 48 años de edad, casado, grado de instrucción analfabeta, de profesión u oficio Comerciante vende dulces en el terminal, hijo de Ana Teresa Chirinos (F) y Mario José González, residenciado en Yaritagua, carretera vieja, Barrio la Tiama, casa s/nº cerca de la Hacienda Santa Lucía casita de barro al lado de la señora martina, Yaritagua Estado Yaracuy, (me pueden conseguir en la 42 El Terminal a mi me dicen Lalo, en el Hotel de la 42 de la Señora Julia) Teléfono: no indica, a los fines de su ubicación para la celebración de la audiencia preliminar.- Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA:
En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control nro. 04, Administrando Justicia, En Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda ORDEN DE APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL contra el imputado: José Gregorio González, venezolano, mayor de edad, INDOCUMENTADO, natural de Barquisimeto, nacido en fecha 07-11 no recuerda año de nacimiento, de 48 años de edad, casado, grado de instrucción analfabeta, de profesión u oficio Comerciante vende dulces en el terminal, hijo de Ana Teresa Chirinos (F) y Mario José González, residenciado en Yaritagua, carretera vieja, Barrio la Tiama, casa s/nº cerca de la Hacienda Santa Lucía casita de barro al lado de la señora martina, Yaritagua Estado Yaracuy, (me pueden conseguir en la 42 El Terminal a mi me dicen Lalo, en el Hotel de la 42 de la Señora Julia) Teléfono: no indica, quien una vez aprehendido deberá ser puesto a la orden de este Tribunal a los fines de la celebración de audiencia oral conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.- Todo de conformidad con el contenido de los artículos 250, del Código Orgánico Procesal Penal y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Notifíquese a las partes.- Líbrese los correspondientes oficios.- Regístrese, publíquese, cúmplase.-
El Juez
El Secretario
Abg. Amelia Jiménez García