REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.




EN SU NOMBRE
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR
LOS GUAYOS, NAGUNAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

Valencia, 16 de Febrero de 2012.-
201° y 152°

Verificado como ha sido el transcurso de los diez (10) días de despacho concedido a las partes solicitantes en la presente causa, sin que las mismas hayan comparecido dentro del lapso establecido para ratificar el hecho a que se contrae esta solicitud de DIVORCIO 185-A. Este Juzgado Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, de los Ciudadanos y Ciudadanas que lo Integran y por Autoridad que le confiere la Ley, declara: TERMINADO el presente procedimiento de DIVORCIO 185-A que solicitaran los ciudadanos: ELIO JOSÉ MARTINEZ CORDOVA Y NANCY ELENA PELAEZ GUEDEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 10.546.690 y V- 12.314.569, debidamente asistidos por el abogado ERNESTO BRITO, inscrito en el IPSA bajo el N° 74.045. Y ASÍ QUEDA DECIDIDO.- En consecuencia, remítase el presente expediente al Archivo de este Tribunal, a los fines de su desincorporación en la oportunidad legal. Cúmplase con lo ordenado. Publíquese y regístrese.

LA JUEZ PROVISORIO,


ABG. YOVANI G. RODRIGUEZ C,

LA SECRETARIA TITULAR,


ABG. SALLY E SEGOVIA MOSKALA

En igual fecha se cumplió con lo ordenado en el fallo anterior. Se publicó y registró la anterior sentencia siendo las 11:00 de la mañana.-
LA SECRETARIA TITULAR,

ABG. SALLY E SEGOVIA MOSKALA

Sol. Nº 7565
YGRC/SESM/yc