En horas de despacho del día de hoy, DIECISIETE (17) de Febrero de dos mil Doce (2012), siendo las 11:30 de la mañana, se trasladó y constituyó el Tribunal Primero Ejecutor de medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en un inmueble ubicado en la Zona Sur caserío agua dulce de cascabel, Parcela 15, Carretera Nacional Los Guayos, Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, en compañía de la Abogada MARIA ADELINA ORTEGA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 55.685, en su carácter de Apoderada Judicial de la ciudadana FRANCISCA AGUDO. El Tribunal se encuentra acompañado por una comisión policial integrada por dos (2) funcionarios de la Policía del Estado Carabobo, a cargo de la Oficial Agregado Carmen Esqueda, Placa N° 2422. Presente el ciudadano LUIS ROBERTO CARREÑO VALERO, titular de la Cédula de Identidad N° 7.076.182, a quien en su carácter de encargado de Canteras Cascabel, y Cooperativa Múltiples Caribian 463 R.L., se le notificó de la misión a realizar, y siendo las 12:30 del medio día procedió a comunicarse con el ciudadano SANIN EDUARDO LOPEZ ROMERO, titular de la Cédula de Identidad N° 22.420.872, desde el nro. Telefónico 0241-8145855 al 04124067209, quien manifestó que el devolvería la llamada inmediatamente. Seguidamente el ciudadano SANIN EDUARDO LOPEZ ROMERO, procedió a comunicarse desde su móvil celular 04124067209, al referido número local 0241-8145855, y el Tribunal procedió a darle lectura al contenido del despacho de comisión que dice textualmente lo siguiente: “SE ABSTENGA el ciudadano SANIN EDUARDO LOPEZ ROMERO, de nacionalidad colombiana, naturalizado venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 22.420.872, y a la Asociación Cooperativa Múltiple CARIBIAN 463 R.L. de seguir realizando actividades por si mismo o por interpuestas personas, que perturben tanto el inmueble ubicado en la Zona Sur, Caserío Agua Dulce de Cascabel, Parcela N° 15, Municipio Los Guayos del Estado Carabobo, la cual tiene un área de extensión de Tres (3) hectáreas aproximadamente, siendo sus linderos los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Nicolás Farfán; SUR: Con casa que es o fue de José Vadell; ESTE: Terreno Cerro cascabel; y OESTE: Carretera Valencia-Guigüe y como a la ciudadana FRANCISCO AGUDO, ya identificada en autos, incluyendo efectivamente dentro de estas actividades la extracción de material granular granzón, en cualquier hora en el inmueble antes mencionado”. Luego de darle lectura del contenido del despacho vía telefónica al ciudadano SANIN EDUARDO LOPEZ ROMERO, el mismo manifestó al Tribunal que no podía hacer acto de presencia por cuanto se encontraba en Trincheras y hoy era fecha de pago de nómina, y que cualquier notificación se la entregaran al ciudadano LUIS ROBERTO CARREÑO VALERO, a quien el Tribunal le hizo entrega de la copia del despacho de comisión contentivo de la medida innominada decretada por el comitente. El Tribunal hace constar que la presente acta se transcribió en un equipo Laptop marca Lenovo, signado como bien nacional con el N° 03/20-2008/ COMP- 0719 e impresa en una Impresora portátil marca HP signada como bien nacional bajo el N° 03-2008/ELEC-2603, ambos equipos asignados a este Tribunal y propiedad de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura y que las firmas estampadas son de manera voluntaria. Es todo. Siendo la 1:00 de la tarde, el Tribunal regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman. LA JUEZA PROVISORIA, (Fdo. Firma Ilegible). DRA. NINOHSKA ZAVALA. EL NOTIFICADO, (Fdo. Firma Ilegible). LA FUNCIONARIA POLICIAL, (Fdo. Firma Ilegible). LA PARTE ACTORA, (Fdo. Firma Ilegible). LA SECRETARIA, (Firma Ilegible). ABG. ZORKA CARBONELL R.
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