REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO BEJUMA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN
JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Bejuma; 08 de Febrero de 2012
AÑOS: 201° Y 152°
Parte Solicitante: EMIBETH DEL CARMEN GARCÍA CHIRINO
Motivo: SOLICITUD DE DIVORCIO (ART. 185-A)
Materia: CIVIL

Por cuanto observa este Tribunal que ha transcurrido el periodo establecido en el encabezamiento del Artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, este Juzgado en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN de la Instancia. Déjese transcurrir el lapso de Ley y de no producirse recurso alguno, désele salida y archívese.-
El Juez Provisorio,

Abg. GABRIEL CARIEL HURTADO
La Secretaria Suplente,

Abg. ANA JAQUELINE ARRIECHÍ


Exp. N° 1302-2011
Materia: CIVIL