REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
Valencia, tres (3) de Febrero de dos mil doce
201º y 152º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: GP02-L-2011-002292
PARTE ACTORA: WILLIAN JOSE CASTELLANOS BLANCO
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: -------------------------------------
PARTE DEMANDADA: TRANSPORTE J.G.B.A., C.A.
APODERADOS DE LA DEMANDADA: JOSE BUSTAMANTE
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES


En el día de hoy, tres ( 3 ) de Febrero del 2012, siendo las 10:00 a.m., del día y la hora fijada por este Tribunal para la prolongación de la Audiencia Preliminar en la presente causa, el Juez deja constancia de la comparecencia de la parte demandada a través del ciudadano JOSE BUSTAMANTE, titular de la Cédula de Identidad N.° 12.106.361, en quien se pidió la notificación como representante de la demandada, debidamente asistido por la abogada GABRIELA MONASTERIOS, titular de la Cédula de Identidad Nros. 16.183.092, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 139.378, quien también actúa como apoderada judicial de la demandada TRANSPORTE J.G.B.A., C.A., según consta en el Poder Apud-acta, de fecha 18 de Enero de 2012, el cual corre agregado al folios 29 del expediente. Igualmente el Juez dejó constancia de la Incomparecencia a la audiencia de la parte actora, ni por si, ni por medio de apoderado Judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Déjese copia en el archivo. Años 201 ° y 152 °.
EL JUEZ

ABG. JOSE DARIO CASTILLO S.

EL DEMANDADO


ABG. APODERADA DE LA DEMANDADA

LA SECRETARIA


ABG. MARIA ELENA FUENTES