República Bolivariana de Venezuela
Poder Judicial




Juzgado del Municipio Mauroa
Circunscripción Judicial del Estado Falcón
Mene de Mauroa; 27 de julio de 2012
Años: 202° y 153°

Expediente No. 574-12

Motivo: SOLICITUD DE TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD

Solicitante: ROBERT JOSE TALAVERA SANCHEZ

Vista la solicitud de Titulo Supletorio de propiedad, presentada por el ciudadano ROBERT JOSE TALAVERA SANCHEZ, venezolano, mayor de edad, soltero, titular de la cedula de identidad N° V-15.311.859 domiciliado en la población y parroquia Mene de Mauroa del Municipio Mauroa del Estado Falcón, debidamente asistido por la Abogada en ejercicio YUSSNEIRY CAROLINA VICIERRA TUDARES, titular de la cedula de identidad personal N° V-15.312.004 e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 142.963 de igual domicilio, mediante la cual solicita Titulo Suficiente de propiedad a su favor, sobre una vivienda familiar, construida con paredes de bloques, pisos de cemento y techo de acerolit, compuesta de: un (01) porche de platabanda, una (01) sala de estar, un (01) comedor, cinco (05) cuartos, una (01) cocina revestida de cerámica y gabinetes de madera, dos (02) salas de baño con céramica. Con un área de construcción de aproximadamente SIETE METROS CON CINCO CENTÍMETROS (7,5 Mts) DE ANCHO por QUINCE METROS CON CUATRO CENTÍMETROS (15,4 Mts) DE LARGO, para un área total de CIENTO OCHO METROS CUADRADOS (108 Mts.2), construida sobre una parcela de terreno Municipal cuyas medidas son: VEINTICUATRO METROS (24 Mts.) DE LARGO POR DIECISIETE (17 Mts.) DE ANCHO, para un área total de CUATROCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS (408 Mts.2) y alinderada de la siguiente manera: NORTE: Linda con Terreno de Aracelis Piña; SUR: Linda con casa de Elmide Vicierra; ESTE: Linda con casa de Rosauro Gomez y OESTE: Linda con casa de Adela Nava con Vía pública; ubicada en el sector El 15 de la población y parroquia Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón. Visto igualmente las resultas del oficio N°00040 de fecha veintitres (23) de julio de dos mil doce (2012), emanado de la Sindicatura Municipal de la Alcaldía del Municipio Mauroa del Estado Falcón, y vista así mismo las declaraciones de los testigos ciudadanos SONIA MARGARITA LANDAETA REYES y ALEJANDRO JOSE FERRER CAMPOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad personal Nos V-14.796.024 y V-12.714.791 respectivamente, domiciliados en la población y parroquia Mene de Mauroa, Municipio Mauroa del Estado Falcón, quienes quedaron contestes en afirmar todas y cada una de sus partes los particulares contenidos en dicha solicitud; ESTE TRIBUNAL DEL MUNICIPIO MAUROA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 937 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL, MIENTRAS NO HAYA OPOSICIÓN EN CONTRARIO Y DEJANDO A SALVO LOS DERECHOS QUE PUEDAN CORRESPONDER A TERCEROS, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA BASTANTE Y SUFICIENTE DICHAS ACTUACIONES, PARA ASEGURARLE SU DERECHO DE PROPIEDAD SOBRE LA REFERIDA VIVIENDA, con las características, dimensiones, especificaciones y linderos anteriormente descritos y cuyo costo aproximado es de CIENTO VEINTE MIL BOLÍVARES (Bs. 120.000,00), los cuales fueron cancelados por el ciudadano ROBERT JOSE TALAVERA SANCHEZ, identificado anteriormente, con dinero de su propio peculio. Se devuelven estas actuaciones en original con sus resultas al solicitante ROBERT JOSE TALAVERA SANCHEZ Déjese copia de las presentes actuaciones y nota en el libro diario.
Publíquese y Regístrese, Dada, firmada y sellado en el Despacho del Juzgado del Municipio Mauroa de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, en Mene de Mauroa a los veintisiete (27) días del mes de julio de dos mil doce (2012). Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Jueza provisoria,


Abg. Esp. RUTH M. PIÑA VELASQUEZ
El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.

En la misma fecha de hoy, 27/07/2012, siendo las 11:30 antes-meridiem, se publicó la presente Decisión quedando registrada bajo el No.408-12. Conste.-

El Secretario,
Abg. ENRIQUE R. GARCIA A.