REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero (3°) Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, veinticinco (25) de julio de dos mil doce (2012)
202° y 153°

ASUNTO: AP21-R-2012-000855
PARTE ACTORA: VIRGINIA BELTRONE LIGUORI y DOMENICO BELTRONE LIGUORI, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nos 12.623.525 y 12.421.568, respectivamente.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: RAMON ROJAS CARRASQUEL, DANIEL ROSALES COHEN, HECTOR MEDINA MARTINEZ, CARLOS HERNANDEZ ACEVEDO y GONZALO JAVIER OLIVARES CASTRO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 68.679, 71.141, 61.689, 81.916 Y 124.023 respectivamente.

PARTE DEMANDADA: IMPORT Y EXPORT FRADORI, C.A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil I de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda bajo el No 21, Tomo 4-A de fecha 03 de julio de 1984.

APODERADO JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ALFREDO AGUSTIN ARANGO GARCIA y CARLOS ZUMBO, abogados en ejercicio e inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos 69.977 y 91.505 respectivamente.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS.

Han subido a esta superioridad las presentes actuaciones en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha 17 de mayo de 2012, emanada del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.

Estando dentro del lapso legal correspondiente y celebrada como ha sido la audiencia oral en esta misma fecha, pasa este Tribunal Superior a reproducir y a publicar en su integridad la decisión dictada en esa misma fecha, en los siguientes términos:

Siendo que en fecha veintitrés (23) de julio de dos mil doce (2012), siendo las dos de la tarde (02:00 PM), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Oral de Apelación, anunció el ciudadano alguacil el acto en la única sala de espera para Audiencia de este Circuito Judicial del Trabajo, en el cual dejó constancia de la incomparecencia de la parte accionada recurrente. En consecuencia esta Juzgadora, aplica la consecuencia jurídica relativa a la falta de interés del recurrente, de conformidad con lo establecido en el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que establece: “… En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”, en consecuencia, queda firme la decisión dictada por el Juzgado Trigésimo Noveno (39º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y así se declarara en la parte dispositiva de la presente decisión. Así se decide.
Finalmente, se condena en costas a la parte recurrente conforme lo establece el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Tercero (3º) del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: ÚNICO: DESISTIDA la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 17 de mayo de 2012, emanada del Juzgado Trigésimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en consecuencia queda firme la decisión recurrida.

PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Tercero del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de julio del año dos mil doce (2012). Años: 202º y 153º, de la Independencia y de la Federación, respectivamente.

LA JUEZ

MERCEDES GÓMEZ CASTRO
EL SECRETARIO


ISRAEL ORTIZ
NOTA: En esta misma fecha previa las formalidades de ley, se dictó y publicó la anterior decisión.
EL SECRETARIO


ISRAEL ORTIZ