REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE
JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO
DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, veintitrés (23) de julio de dos mil doce (2012)
202º y 153°
ACTA DE JUICIO

ASUNTO: AP21-L-2011-000246

En el día de hoy, veintitrés (23) de julio de dos mil doce (2012), a las 2:00 p.m, hora y oportunidad fijada para que tenga lugar LA AUDIENCIA DE JUICIO en el presente procedimiento, se anunció el acto a las puertas de la Sala de Audiencias del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se deja constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. Se deja constancia de la comparecencia de la parte demandada, en los abogados MARIELBA ESCOBAR y LUIS RAMIREZ, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 16.770 y 47.152 respectivamente. Todo en el juicio por PRESTACIONES SOCIALES e INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO incoado por el ciudadano PONCIANO DE LA CRUZ URBINA LABRADOR contra el MINISTERIO PÚBLICO. No obstante, este Juzgado pasa hacer a exponer una serie de consideraciones. De las actas procesales que conforman el presente asunto se puede evidenciar que en fecha 3-07-2012 (folio 233 segunda pieza), el cual consta en el sistema juris y en el físico del expediente SE FIJÓ LA AUDIENCIA DE JUICIO para el día de hoy, en razón de no constar el consentimiento de la parte demandada para proceder a homologar el desistimiento del procedimiento expresado por la parte actora mediante diligencia de fecha 21 de junio de 2012. En este estado, vista la incomparecencia de la parte actora a la audiencia de juicio, debe este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, declarar en nombre de la República y por autoridad de la Ley: PRIMERO: DESISTIDA LA ACCIÓN en el juicio incoado por PRESTACIONES SOCIALES e INDEMNIZACIONES POR ACCIDENTE DE TRABAJO incoado por el ciudadano PONCIANO DE LA CRUZ URBINA LABRADOR contra el MINISTERIO PÚBLICO, conforme a lo dispuesto en el art. 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte actora conforme a lo dispuesto en el art. 64 LOPTRA.
Téngase la presente acta como el cuerpo de la sentencia dictada en el presente juicio, y el lapso para ejercer el recurso correspondiente comenzará a correr a partir del día hábil siguiente al de hoy. Es todo se leyó y conforme firman.
La Jueza

Lisbett Bolívar Hernández


Parte Demandada




La Secretaria

Carmen Romero