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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Superior Octavo  de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 27 de julio de 2012
 202º y 153º
 
 Sentencia Interlocutoria Nº PJ0082012000211
 Asunto Nº AP41-U-2012-000002
 
 Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha veintitrés (23) de julio de 2012, suscrito por el Abogado Federico Jagenberg, titular de la cédula de identidad N° 11.739.419, e inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 84.862, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Contribuyente “C.W.C. VALENCIA, C.A.”, donde promueve el Merito Favorable de los autos, Prueba Testimonial, Experticia, así como Prueba de Informes.
 
 Visto igualmente el computo de días transcurridos en este Tribunal desde el día siguiente al veinticinco (25) de abril de 2012, fecha que quedo el juicio abierto a pruebas, hasta el día diez (10) de mayo de 2012, fecha en que venció el lapso de promoción de pruebas, y habiéndose certificado por secretaria que entre las fechas antes indicadas, transcurrieron en este Tribunal los diez (10) días de despacho a que se refiere el articulo 269 del Código Orgánico Tributario, y que las pruebas fueron promovidas en fecha  23-07-2012.
 
 Observa el tribunal que, las partes disponían de un lapso de diez (10) días de despacho, siguientes a la apertura del lapso probatorio, para la promoción de pruebas, el cual, según el referido cómputo, quedó abierto a partir del día veintiséis (26) de abril del 2012  hasta el día diez (10) de Mayo de  2012, ambas fechas inclusive; y, debido a que la representación Judicial de la contribuyente “C.W.C. VALENCIA, C.A.”, presentó el escrito de promoción de pruebas vencido como se encontraba el aludido lapso de promoción, esto es, el veintitrés (23) de mayo de 2012, resultando forzoso concluir para este Tribunal que las pruebas promovidas a todas luces son inadmisibles por extemporáneas.
 
 DECISIÓN
 Visto lo anterior este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas administrando justicia en nombre de la Republica y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLES POR EXTEMPORÁNEAS  las pruebas  presentadas por la representación Judicial del contribuyente “C.W.C. VALENCIA, C.A”.
 
 La Jueza Superior Titular,
 
 Dra.  Doris Isabel Gandica  Andrade
 La Secretaria Titular
 Abg. Cristel A. Peinado M.
 
 
 
 
 
 Asunto: AP41-U-2012-000002
 
 
 
 
 
 
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