REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del estado Lara
Barquisimeto, once de Julio de dos mil doce
202º y 153º




ASUNTO: KP02-J-2012-003632


Solicitantes: HELEN MAGDALIS PALENCIA GONZALEZ y JHONNY JOSE MARENCO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.177.647 y V-14.550.287, respectivamente.

Beneficiaria: IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, de seis (06) años de edad.

Motivo: HOMOLOGACIÓN DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.

Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por ANGEL ROSENDO PETIT DUGARTE, en su carácter de Fiscal Auxiliar Decimocuarto del Ministerio Público del estado Lara; a instancias de los ciudadanos HELEN MAGDALIS PALENCIA GONZALEZ y JHONNY JOSE MARENCO HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-14.177.647 y V-14.550.287, respectivamente; en beneficio de la niña IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANIGA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES, este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el articulo 315 de la ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley.

“PRIMERO: El padre suministrará por concepto de Obligación de Manutención en beneficio de su hija, la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES MENSUALES (Bs. 500,00), los cuales serán entregados directamente a la madre con sus respectivos recibos firmados.

SEGUNDO: En relación a los gastos de asistencias médicas y medicinas, serán costeados en partes iguales por los padres en beneficio de su hija.

TERCERO: Ambos padres se comprometen en comprar los uniformes y útiles escolares a su hija.

CUARTO: Ambos padres se comprometen en comprar ropa y calzado a su hija.

QUINTO: En el mes de Diciembre ambos padres se comprometen en comprar ropa, calzado y regalo navideño a su hija”.

En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 365, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el convenimiento y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.

Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes estado Lara en Barquisimeto, 11 de Julio de 2.012.

LA JUEZ TERCERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN


ABG. LISBETH G. LEAL AGUERO

LA SECRETARIA

ABG. SAILIN RODRIGUEZ


En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1592-2012 y se publicó
siendo las 02:05 p.m.

LA SECRETARIA

ABG. SAILIN RODRIGUEZ


LGLA/SR/Andri.-