Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, diecisiete de julio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : KP02-J-2012-003756
SOLICITANTES: LILIANA CAROLINA MENDOZA y JOSE FRANCISCO GUEDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-19166262 y 22274025, respectivamente.
ASISTIDOS POR: El Abg. ANGEL ROSENDO PETIT DUGARTE, Fiscal Auxiliar Décimo Cuarto del Ministerio Publico del Estado Lara.
BENEFICIARIO: IDENTIDAD OMITIDA CON FORME A LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCIÒN DEL NIÑO Y ADOLESCENTES de 05 y 02 años de edad.-
MOTIVO: HOMOLOGACION DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCION
Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por el Abg. ANGEL ROSENDO PETIT DUGARTE, Fiscal Auxiliar Décimo Cuarto del Ministerio Publico del Estado Lara; a instancias de los ciudadanos LILIANA CAROLINA MENDOZA y JOSE FRANCISCO GUEDEZ; este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el articulo 315 de la ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley. Siendo los acuerdos pautados por las partes los que a continuación se especifican, con relación a la OBLIGACION DE MANUTENCION:
PRIMERO: El padre suministrara por concepto de obligacionde manutención en beneficio de sus hijos un mercado balanceado por la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES FUERTES QUINCENALES (BS. F. 300,00), es decir a razon de SEISCIENTOS BOLIVARES FUERTES MENSUALES (bs. F. 600,00), los cuales seran entregados directamente a la madre con sus recibos firmados.
SEGUNDO: Los gastos relacionados con la asistencia medica y medicinas será de manera compartida por ambos padres en beneficio de los niños.
TERCERO: Ambos padres se comprometen en costear los gastos escolares, uniformes, útiles, guardería para sus hijos.
CUARTO: Ambos padres se comprometen en comprar ropa y calzados.
QUINTO: En el mes de diciembre ambos padres se comprometen en comprar ropa, calzado y regalo navideño a sus hijos.
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Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por las ciudadanas LILIANA CAROLINA MENDOZA y JOSE FRANCISCO GUEDEZ; y siendo que el mismo no vulnera sus derechos, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por el Fiscal del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.
En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niños Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 365, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el convenimiento y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Estado Lara en Barquisimeto, a los 17 días del mes de julio del año 2.012. Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
La Juez Tercera de Mediación y Sustanciación
Abg. Lisbeth G. Leal Aguero
La Secretaria
Abg. Sailin Rodríguez,
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 2.012-1662; y se publicó siendo las 10:30 a.m.
La Secretaria
Abg. Sailin Rodríguez,
LGLA/SR/mayi
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