REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEPTIMO DE CONTROL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
202º y 153º
Barquisimeto, 31 de Julio de 2012
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P- 2012-010933
“CAMBIO DE PRIVATIVA AL 256 ORD. 9no.
Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia de Control Nº 07 del Estado Lara, pasar a pronunciarse de oficio, de conformidad a lo establecido en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en cuanto a la privativa de libertad que pesa sobre el imputado IVAN JOSE RIVERO, titular de la cédula de identidad .
MOTIVACIÓN PARA DECIDIR
Ahora bien, este Tribunal al analizar las presentes actuaciones observa que al imputado IVAN JOSE RIVERO, titular de la cédula de identidad , se le celebro Audiencia Especial de Presentación en fecha 28 de Julio de 2012, por la Juez Suplente del Tribunal 7mo, de Control GREGORIA SUAREZ ALBUJAS, quien Decreto la Medida Privativa de Libertad, pero en este estado observa quien acá decide que los delitos imputados como lo son DESTRUCCIÓN DE VEGETACIÓN EN VERTIENTES, y ACTIVIDAD EN AREAS ESPECIALES Y ECOSISTEMAS NATURALES, previstos y sancionados en los artículos 53 y 58 de la Ley Penal del Ambiente, la pena aplicable a los mismos en caso de resultar culpable no supera a los TRES (03) AÑOS, por lo que considera esta juzgadora que se le bebe revisar la medida privativa por otra menos gravosa, por otra parte el imputado se encuentra amparado del principio de afirmación de libertad consagrados en los artículo 09 y 243 del Código Orgánico Procesal Penal, de conformidad con jurisprudencia Nº 814 del 11 de Mayo de 2005 de la Sala Constitucional, por lo que considera quien aquí decide que es ajustado a derecho cambiar la Medida de Privación Judicial de Libertad por una Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado, IVAN JOSE RIVERO, titular de la cédula de identidad , por la establecida en el artículo 256 Ordinal 9no., Del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse ante el Tribunal o Ministerio Público las veces que sea requerido. Así se decide.
DECISIÓN
Este Tribunal de Primea Instancia en Funciones Séptimo de Control en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: Se otorga al imputado IVAN JOSE RIVERO, titular de la cédula de identidad , Medida Cautelar de la establecida en el artículo 256 Ordinal 9no., Del Código Orgánico Procesal Penal, como lo es presentarse ante el Tribunal o Ministerio Público las veces que sea requerido. SEGUNDO: Líbrese boleta de libertad al Internado Judicial de Valencia “TOCUYITO”. Notifíquese a las partes. Cúmplase.-
JUEZ SEPTIMO DE CONTROL
MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
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