REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 25 de julio de 2012
202º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2012-004733
CESE DE MEDIDAS CAUTELARES POR ARCHIVO FISCAL.
IMPUTADOS: LUIS ENRIQUE AMARO RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.144.227, nacido en el Estado Lara, en fecha 01-07-91, de 20 años de edad, grado de instrucción: bachiller, de profesión u oficio: Militar activo, domiciliado en Km. 14, vía Duaca, tamaca, sector tamaquita, Casa s/n de color verde con anaranjado, detrás de la escuela hamaquita, Estado Lara, teléfono: 0426-2583236. Revisado el sistema juris 2000 se verifica que el imputado de autos no registra causa alguna.
LUZ GABBYN GRADO DURAN TRUJILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.346.038, nacido en el Estado Lara, en fecha 08-09-84, de 26 años de edad, grado de instrucción: bachiller, de profesión u oficio: Militar, domiciliado en Caserío La Colonia, calle principal, Casa s/n de color verde manzana, al lado del mercal, a 1 cuadra del Centro Penitenciario de los Llanos, Guanare, Portuguesa, teléfono: 0426-2576178. Revisado el sistema juris 2000 se verifica que el imputado de autos no registra causa alguna.
CESAR ANTONIO SEQUERA CHASTRE, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.964.765, nacido en el Estado Lara, en fecha 12-09-75, de 37 años de edad, grado de instrucción: bachiller, de profesión u oficio: militar, domiciliado en Calle principal, con avenida sucre, Encontrado, Casa S/N de color rosada, en la esquina se encuentra un abasto, Estado Zulia, teléfono: 0426-5449209. Revisado el sistema juris 2000 se verifica que el imputado de autos no registra causa alguna.
FRANCISCO RAMON CASTILLO ALZURO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.028.782, fecha de nacimiento 19.028.782, de 21 años de edad, grado de instrucción: bachiller, de profesión u oficio: militar, domiciliado en Ocumare, Sector Las dos vías, Casa S/N en construcción, a 2 o 3 casas de un estacionamiento, (taller) Estado Miranda, teléfono: 0416-9335753. Revisado el sistema juris 2000 se verifica que el imputado de autos no registra causa alguna.
ROGER ANTONIO RODRIGUEZ PERDOMO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.143.017, fecha de nacimiento 01-08-83, de 28 años de edad, grado de instrucción: bachiller, de profesión u oficio: militar, domiciliado en Calle Principal Los Ureros, Casa de color verde, al lado de la hacienda Coinagro, Aroa, Yaracuy, teléfono: 0426-7507101. Revisado el sistema juris 2000 se verifica que el imputado de autos no registra causa alguna, a tal efecto se observa:
DELITO: EVASION FAVORECIDA, conforme al artículo 265 del Código Penal
Corresponde a este Juzgado Octavo en funciones de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, pronunciarse en virtud del Archivo Fiscal dictado por el Representante del Ministerio Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal se observa lo siguiente:
Visto que fue presentado escrito por la Fiscalía Primera del Ministerio Público, donde notifica que en esa fecha, se decretó el ARCHIVO FISCAL de conformidad con lo previsto en el Artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal, y que no obstante la causa fue iniciada por la comisión del delito EVASION FAVORECIDA, conforme al artículo 265 del Código Penal,
Al respecto, este Tribunal observa que el Representante del Ministerio Público, es el único órgano a quien le compete dictar dicho acto conclusivo conforme a la norma adjetiva citada, y en concordancia con el artículo 11 eiusdem, cuando el resultado de la investigación resulte insuficiente para acusar y sin perjuicio de la reapertura cuando aparezcan nuevos elementos de convicción. Observándose que para el asunto de marras, se cumplieron con los requisitos legales, y habiéndose observado que en los hechos investigados no se afecta el patrimonio del Estado ni intereses colectivos y difusos; por lo que no deberá remitirse al Fiscal Superior correspondiente a los efectos del parágrafo único del artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal.
Por consiguiente, este Tribunal considera que lo procedente y ajustado a Derecho es aceptar el ARCHIVO FISCAL. Y ASÍ SE DECLARA.-
DISPOSITIVA
Por todos los argumentos antes esbozados, este Tribunal de Control Nº 8 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, visto el decreto de archivo de las Actuaciones por parte del Ministerio Publico del Estado Lara, ACEPTA EL ARCHIVO FISCAL, en virtud de la investigación seguida a los ciudadanos LUIS ENRIQUE AMARO RODRIGUEZ, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.144.227, LUZ GABBYN GRADO DURAN TRUJILLO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 21.346.038CESAR ANTONIO SEQUERA CHASTRE, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 12.964.765, FRANCISCO RAMON CASTILLO ALZURO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 19.028.782, ROGER ANTONIO RODRIGUEZ PERDOMO, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 14.143.017,
. Todo de conformidad con el artículo 315 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo, se decreta el CESE de todas las medidas de de coerción personal dictada a los precitados ciudadanos.
Notifíquese a las partes. Líbrese Oficio correspondientes; Regístrese. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la sala de audiencia de este despacho. Siendo 25 del Julio del Año 202 de la independencia y año 152º de la federación. REGISTRESE.
LA JUEZ DE CONTROL Nº 08
Abg. Abg. Luisabeth Mendoza Pineda
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