MOTIVO: COBRO DE BOLÍVARES.

Cursa a folio 12 de autos, escrito mediante el cual el accionado convino en la demanda y ofreció pagar la cantidad de VEINTE MIL CIENTO SETENTA Y CINCO BOLÍVARES CON CINCUENTA CÉNTIMOS (Bs. 20.175,50) y la demandante en fecha 17 de los corrientes aceptó dicho ofrecimiento y solicitó su homologación.-

EL TRIBUNAL PARA DECIDIR OBSERVA:

ÚNICO: Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su Homologación al desistimiento presentado, procediéndose como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada.