REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 09 de Julio de 2.012
Años: 20º y 153º
Causa Civil Nº _____________.-
Separación de Cuerpos.
Vista la solicitud de SEPARACION DE CUERPO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, basada en el Articulo 189 del Código Civil vigente, presentada por los ciudadanos: MARIA ANDREA GONZALEZ ROJAS y WILFREDO JOSÉ MARMOL GUARECUCO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 16.403.818 y 14.938.901, debidamente asistidos por el Abogado FRANCISCO GARCIA FERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 49.387; désele entrada, anótese en el Libro respectivo, por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA DICHA SEPARACION, en la misma forma, término y condiciones por ellos convenidas, por estar fundamentada en causa legal. Así mismo, expídase la copia certificada correspondiente en su oportunidad. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público. Líbrese boleta. Fórmese expediente.-
La Juez,


Abg. Dulce Maria Montero Vivas

El Secretario


Abg. Lucio Torres Armeya.

Seguidamente, se le dio entrada, quedando anotada bajo el N° _____- y se libró boleta al Fiscal.-

El Secretario


Abg. Lucio Torres Armeya.

DMMV/ac