REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTALBAN
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTALBAN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO
Montalbán, 30 de Julio de 2012
Años: 202° y 153°
Vista la diligencia de fecha 30 de Julio del año 2012, presentada en horas de despacho por la Ciudadana: LEILIBET LÒPEZ MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-12.771.395, en su carácter de Solicitante, donde solicita copia fotostática certificada de la totalidad de la solicitud signada con el número 434-12, éste Tribunal ACUERDA agregar la misma a los autos del presente expediente y expedir las copias Certificadas solicitadas, una vez cumpla con la obligación de consignar los emolumentos para dicha reproducción fotostática de conformidad con lo contemplado en el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil, que establece:
Artículo 112:
“…Después de concluida una causa, el Secretario expedirá las certificaciones o copias de cualesquiera actuaciones que existan en ella, a quien lo pida, a su costa, exceptuando aquellas que se reserven por decencia pública, de las cuales no podrá darse testimonio sino a las partes. En cualquier de la causa, se solicitare copia certificada de algún documento o acta que exista en autos, se la dará a quién la pida, siempre que sea o haya sido parte en el juicio.…”
En consecuencia, agréguese el presente a los autos del Expediente con el cual se relaciona. Cúmplase.-
EL JUEZ PROVISORO
Abg. JOSÉ LUIS AROCHA COLMENAREZ.
LA SECRETARIA
Abg. BEGDALIA BASTIDAS VELOZ.
JLAC/bcbv
Exp. 434-12