REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ
SEGUNDO CIRCUITO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL
ESTADO SUCRE – GUIRIA
Güiria, 25 de junio de 2012
202° y 153°
Vista la anterior Solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, suscrita por el ciudadano DANNY SANTIAGO FUENTES BOMPART, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 12.908.115, domiciliado en esta ciudad de Guiria, Municipio Valdez del Estado Sucre, debidamente asistido por el Abogado en ejercicio PEDRO ANTONIO LOPEZ, Inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 62.725; y las declaraciones de las testigos, ciudadanos: ARQUIMEDES JOSE VILLARROEL UGAS Y PEDRO JOSE LOPEZ, quienes son venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 9.942.046 y 9.935.892, respectivamente, en la cual el ciudadano: DANNY SANTIAGO FUENTES BOMPART, supra identificado, solicita a este Despacho Judicial, se sirva declararlo como ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano LORENZO FUENTES, venezolano, mayor de edad, viudo, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.901.782, fallecido ab-intestato. Ahora bien, por cuanto los mencionados testigos, ciudadanos: ARQUIMEDES JOSE VILLARROEL UGAS Y PEDRO JOSE LOPEZ, supra identificados, están contestes en afirmar en todas y cada una de sus partes los particulares a que se refiere dicha solicitud, en consecuencia este JUZGADO DEL MUNICIPIO VALDEZ, SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, procediendo de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil, mientras no haya oposición en contrario y dejando a salvo los derechos que puedan corresponder a terceros, DECLARA: BASTANTES Y SUFICIENTES DICHAS ACTUACIONES PARA ASEGURARLE AL CIUDADANO DANNY SANTIAGO FUENTES, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 12.908.115; SUS DERECHOS COMO ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO del ciudadano LORENZO FUENTES, venezolano, mayor de edad y Titular de la Cédula de Identidad N° V- 5.901.782. Se devuelven estas diligencias, original con sus resultas. Se ordena dejar copia certificada de la presente solicitud y de todo lo actuado, a los fines de su archivo en este Tribunal, y para tal efecto, se autoriza a la ciudadana OLITZA ZORRILLA, Titular de la Cédula de Identidad N° V- 9.942.384, en su carácter de Asistente del Tribunal, para la elaboración de la copia que ha de certificarse. Déjese copia certificada. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. ZULEIMA AGUILERA LEZAMA
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT B.
NOTA: En esta misma fecha, se cumplió con lo antes ordenado. Conste.
LA SECRETARIA,
DAMELIS BETANCOURT BRITO
ZAL/oz.-Asistente.-
Solicitud N° 059-12.-