REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Quinto de Juicio del Circuito Judicial del
Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
202º y 153º
Caracas, 29 de junio de 2012
AP21-L-2012-000854
En el juicio por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano Carlos Alfredo Urpin Maita, titular de la cedula de identidad Nº 9.815.588, representado judicialmente por el abogado José Urquia, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 68.594, contra la Sociedad Mercantil Radio Sensación C.A., representada judicialmente por el abogado Víctor Cortez, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 23.978; el cual recibió este Juzgado por distribución proveniente del Juzgado 32° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo y en fecha 29 de junio de 2012 se celebró la audiencia de juicio y se dictó el respectivo dispositivo del fallo declarándose desistido el proceso, en base a las consideraciones siguientes:

I
El día y hora fijados para la celebración de la Audiencia de Juicio, se dejó constancia de la incomparecencia de la parte actora, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, supuesto que se subsume dentro del previsto en el segundo aparte del artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo que establece:
“…Si no comparece la parte demandante se entenderá que se desiste de la acción; en este caso, el juez de juicio dictará un auto en forma oral, reduciéndolo a un acta que se agregará al expediente…”.(subrayado añadido por el Tribunal de Juicio)

En razón de lo anterior, resulta forzoso para este Juzgador declarar desistida la acción por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano Carlos Alfredo Urpin Maita contra la Sociedad Mercantil Radio Sensación C.A., partes suficientemente identificada a los autos. Así se establece.


II
Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: Primero: Desistido el Proceso por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoada por el ciudadano Carlos Alfredo Urpin Maita contra la Sociedad Mercantil Radio Sensación C.A., partes suficientemente identificada a los autos. Segundo: No hay condenatoria en costas de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, se ordena dejar copia certificada de la presente sentencia en el archivo del Tribunal así como la publicación de la presente sentencia en la página web del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas http://caracas.tsj.gov.ve/. Cúmplase.
Publíquese, Regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto (5º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 29 días del mes de junio de 2012. Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Juez de Juicio

Oswaldo Rafael Farrera Cordido
La Secretaria

Carmen Leticia Romero
Nota: En la misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria

Carmen Leticia Romero

Una (1) pieza.