REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Octavo (8°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO: AP21-S-2012-000879
Vista la diligencia presentada en fecha 12 de junio de 2012, por la abogada ADRIANA BRACHO IPSA N° 138.491, actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte oferente, mediante la cual desiste de la oferta real de pago presentada a favor de la ciudadana JAQUELIN LUGO, este Tribunal luego de revisar el instrumento poder otorgado a la abogada antes identificada, donde se evidencia que posee facultad expresa para desistir en juicio; se acuerda homologar el referido desistimiento en los términos en el planteados, se da por terminado el presente procedimiento, su cierre informático y el archivo del expediente. ASÍ SE ESTABLECE.
El Juez
El Secretario
Abg. Franklin Porras Mendoza
Abg. José Moreno