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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 PODER JUDICIAL
 
 Tribunal Trigésimo (30°)  de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 12 de junio de 2012
 202º y 153º
 
 
 
 ASUNTO: AP21-S-2012-000858
 PARTE OFERENTE: MATTEL DE VENEZUELA, C.A.
 APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: SEBASTIAN NASTARI
 PARTE OFERIDA: JOSE BOADA
 ABOGADO QUE ASISTE A LA PARTE OFERIDA: JESUS MIJARES
 MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO
 
 
 Visto el escrito presentado en fecha 07 de junio de 2012 por ambas partes, por medio del cual celebran un acuerdo transaccional, por la suma total de Bs. F. 427.332,23, para poner fin al presente asunto; este Tribunal, revisado como ha sido el contenido, observada la debida asistencia y representación jurídica y la relación circunstanciada de los hechos que la motivan y de los derechos en ella comprendidos, observados el cumplimiento de los parámetros dispuestos en el artículo 19 de La Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y las Trabajadoras; al no encontrarse vulnerados derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, lo HOMOLOGA en los términos en ésta especificados otorgándole el carácter de cosa Juzgada, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.713 y 1.718, del Código Civil y 255 del Código de Procedimiento Civil, que aplica este Despacho atendiendo a las facultades otorgadas al Juez Laboral en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En consecuencia se da por concluido el proceso, contentivo de la Oferta Real de Pago realizada por la empresa MATTEL DE VENEZUELA, C.A. a favor del ciudadano JOSE BOADA, titular de la cédula de identidad N° 11.380.132.
 
 El JUEZ
 ABG. JUAN CARLOS MEDINA CUBILLAN
 
 EL SECRETARIO
 ABG. MARIO COLOMBO
 
 
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