REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Veintiuno (21) de Junio de Dos Mil Doce (2012).
202° y 153°

Vista la boleta de notificación Nº N-0090-2011, librada mediante auto de fecha 12 de abril de 2011, dirigida a los ciudadanos José Andrade, Pedro Andrade, Alfredo Marquez, Juan Carlos Maldonado y Luís Sánchez, titulares de la cédula de identidad N° 4.280.071, 4.280.070, 4.271.005, 7.683.384, y 5.117.104, respectivamente, en su carácter de Integrantes de la Junta Directiva de la Compañía Anónima AUTOMOTRIZ SIERREP, C.A., parte recurrente en el presente Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto contra la Resolución N° 382 de fecha 30 de Junio de 1988, dictado por el Concejo Municipal del Distrito Sucre del Estado Miranda, mediante el cual se le informa por auto de esa misma fecha, que ha estado paralizada la presente causa, y en virtud de que el accionante no ha comparecido ni por si ni por medio de apoderados judiciales a fin de instar a que el Juez proceda a dictar sentencia, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso establecido en el artículo 49 de la Carta Magna, fijó un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a partir de que conste en auto el recibo de su notificación, para que la parte interesada informe si persiste interés en el presente recurso, ahora bien, en vista que no se verificó la correcta notificación a los prenombrados ciudadanos, este Juzgado deja sin efecto la referida boleta y ordena librar nueva boleta de notificación en los mismos términos. Líbrese boleta.
EL JUEZ


Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA


Abg. LISBETH BASTARDO




Exp.0450
JVTR/LB/mgr.-.