REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Caracas, dieciocho (18) de junio de dos mil doce (2012)
202º y 153º
ASUNTO: AP51-R-2012-010106
ASUNTO PRINCIPAL: AH52-X-2012-000258
JUEZ PONENTE: YAQUELINE LANDAETA VILERA.
MOTIVO: APELACIÓN (Solicitud de Levantamiento de Medidas)
PARTE RECURRENTE: MARÍA ANDREINA RÍOS DUARTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 14.451.055.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE RECURRENTE: IGOR DAVID MARTÍNEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.235.
SENTENCIA APELADA: De fecha 17 de mayo de 2012, dictada por la Jueza del Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional.
I
Conoce este Tribunal Superior Segundo del presente recurso, con ocasión de la apelación interpuesta en fecha 22 de mayo de 2012, por el abogado IGOR DAVID MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.235, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA ANDREINA RÍOS DUARTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 14.451.055., contra la sentencia de fecha 17 de mayo de 2012, dictada por la Jueza del Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en el cuaderno separado de la incidencia de la solicitud de levantamiento de medida signada bajo la nomenclatura AH52-X-2012-000258.
Recibido ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documento (URDD), fue debidamente aperturado e itinerado el recurso correspondiente al Tribunal Superior Segundo a cargo de la Dra. YAQUELINE LANDAETA, dándole entrada en fecha 07/06/2012, y quien con tal carácter suscribe el presente fallo.
II
Cumplidas las formalidades ante la Alzada, este Tribunal Superior Segundo para decidir observa:
Que se le dio entrada al presente recurso en fecha 07/06/2012, y se establecieron las pautas del procedimiento en la segunda instancia de conformidad con lo contemplado en el artículo 488-A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes que rige la materia y que establece lo siguiente: “será declarado perecido el recurso, cuando la formalización no se presente en el lapso a que se contrae este artículo o cuando el escrito no cumpla con los requisitos establecidos…” y por cuanto del cómputo que antecede, se desprende que el día jueves 14 de junio del año 2012, precluyó el lapso para consignar el escrito de fundamentación del recurso interpuesto, sin que en el Sistema de Gestión, Decisión y Documentación Juris 2000 conste actuación alguna realizada por la parte recurrente, es por lo que este Tribunal Superior Segundo imperiosamente debe declarar perecido el presente recurso, y así se decide.
III
En mérito de las anteriores consideraciones este TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PRIMERO: PERECIDO el recurso de apelación interpuesto en fecha 22 de mayo de 2012, por el abogado IGOR DAVID MARTÍNEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 75.235, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MARÍA ANDREINA RÍOS DUARTE, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 14.451.055, contra la sentencia de fecha 17 de mayo de 2012, dictada por la Jueza del Tribunal Quinto (5°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en el Cuaderno Separado de la incidencia de la Solicitud del Levantamiento de Medida signada bajo la nomenclatura AH52-X-2012-000258. SEGUNDO: Como consecuencia del pronunciamiento anterior queda firme la precitada sentencia dictada en el asunto AH52-X-2012-000258.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL. En Caracas, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZA SUPERIOR SEGUNDA
LA SECRETARIA,
DRA. YAQUELINE LANDAETA VILERA.
ABG. LISBETTY CORREIA.
En este mismo día, siendo la hora reflejada en el Sistema de Gestión, Decisión y Documentación Juris 2000, se publicó y registró la anterior sentencia.
LA SECRETARIA,
ABG. LISBETTY CORREIA.
|