REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL
Caracas, cuatro (04) de junio de dos mil doce (2012)
202º y 153º

Asunto: AC51-X-2012-000351
Revisadas como fueron las actas procesales que conforman la Acción de Amparo Constitucional signada con el número AP51-O-2012-010342, y en especial la Medida Preventiva peticionada por el ciudadana FRANKLIN JOSÉ VILLARROEL RAMOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V-5.572.448, este Tribunal Superior Segundo actuando en Sede Constitucional, después de haber analizado los alegatos expuestos por la accionante en amparo, dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, la presente MEDIDA CAUTELAR la cual consiste en la suspensión de la ejecución de la sentencia dictada en fecha 28 de mayo de 2012, en el asunto principal signado con el número AH52-X-2012-000072, por el Tribunal Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, en lo que respecta a la reinserción de la niña identidad omitida en el hogar de sus padres. Dicha medida se dicta con el objeto de garantizarle a la prenombrada niña el Interés Superior previsto en nuestra Ley especial, así como el derecho constitucional previsto en el artículo 78, de nuestra carta magna. Ofíciese al Tribunal Décimo Primero de Mediación, Sustanciación y Ejecución de este Circuito Judicial, con el objeto de participarle sobre la medida dictada en esta misma fecha. Cúmplase lo ordenado.
LA JUEZA SUPERIOR SEGUNDA

ABG. YAQUELINE LANDAETA VILERA
LA SECRETARIA

ABG. YASMINIA RAMOS ROSAL