REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio
Caracas, veinte (20) de Junio de dos mil doce (2012)
202º y 153º

ASUNTO: AP51-V-2011-012460
Vistas y analizadas las actas procesales que conforman el presente asunto, en especial las actas levantadas en fecha 11 de noviembre de 2011 y 19 de junio de 2012, y en las que se dejó constancia de la opinión de la niña (Se omiten datos por disposición de la Ley) en las que manifestó:
Acta de fecha 11/11/2011:
“Tengo nueve años de edad, estudio en el colegio San Teresa en San Bernardino, estudio cuarto grado, en mi escuela me tratan bien, mi mama es buena ella me trata bien, me lleva a pasear con mi hermanito al parque, a veces nos compra un helado cuando paseamos, mi mamá es cariñosa conmigo, mi hermanito es bueno, muy cariñoso, una vez fui con mi mamá al teleférico, fui con mi mamá a Colombia es fino, es bonito, el mes que estuve en Colombia mi mama de dejo inscribirme en una escuela de deportes, practique muchos deportes, jugué muchos juego como el cazador, ese mes no fui a clases, las profesoras no me quisieron repetir las evaluaciones y me pusieron “D”, mi maestra es tan joven pero muy seria, aunque saque “D” en el tercer lapso, yo llevaba buenas notas y pude pasar de grado, ahora estoy en cuarto, cuando mi mamá y mi papá se separaron, ella fue a Fiscalia porque decía que mi papá era violento, mi papá también fue a Fiscalia y pidió mi custodia temporal, y ahora quiere elegir la permanente, yo no quiero vivir solo con papá, ni solo con mamá, quiero vivir con los dos, yo hable con una compañera y ella me contó que vive entre semana con su mamá y los fin de semana con su papá, así quiero estar yo, con los dos, los días de semana quiero estar con mi mamá y los fin de semanas con mi papá, en navidad quiero estar desde el 23 hasta 29, con mi papá, y lo que queda de navidad con mi mamá, con mi papa estuve todas las vacaciones, fui al parque de diversiones, en semana santa fuimos de viaje con un amigo de el, visite galopan, visite tres posadas, fuimos al cine, mi papa ayer me inscribió en tareas dirigidas, el me compra muchas cosas, me compro un blackberry, se gano en su trabajo un tele y dijo que era para nuestro cuarto, le compra de todo a mi hermanito también, el me complace demasiado, mamá antes no trabajaba, solo a veces cosas de costura y cuando cobraba me compraba cosas, mi papá como si trabaja fijo, me compra mas cosas, mi papa paga casi siempre todo del colegio, mamá a veces cuando piden cosas la compra, mi mamá me dijo que ahora que tiene trabajo fijo puedo estar con ella porque me comprara lo que necesito.

Acta de fecha 20/06/2012:
“Vivo con mi papá pero el me trata mal, eso comenzó a ocurrir cuando volví de viaje de Colombia con mi mamá el 2 de Diciembre; mi hermana Paola también me trata mal, ella ahora está en el colegio, no quiso venir; yo vine con mi mamá. Yo vivía con mi mamá y en una oportunidad le dije que quería ver a mi papá porque lo extrañaba, ella me pidió que me quedara esa noche con ella y que al día siguiente iba con mi papá, en ese entonces mi papá pidió mi custodia temporal, no recuerdo si fue en la Fiscalía o en los Tribunales; yo quiero estar con mi mamá pero no quiero dejar de ver a mi papá”.

Durante el decurso del presente procedimiento y del contenido de las actas se puede constatar que la niña (Se omiten datos por disposición de la Ley), ha manifestado querer estar con ambos progenitores, pero señala que quiere estar con su padre los fines de semanas y con su madre los días de semana, este Tribunal de Juicio, a fin de evitar causar un daño emocional a la mencionada niña y tomando en consideración que al momento de la entrevista con el juez, la niña mostró su deseo de vivir con su madre, y como garante y velador del interés superior de la misma, aunado al hecho que no existe alguna decisión judicial que otorgue la custodia legal de la niña de autos a alguno de los dos progenitores, se DICTA MEDIDA PREVENTIVA de conformidad con lo establecido en el artículo 466 parágrafo primero literal c) de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, el cual es del tenor siguiente:
Artículo 466. Medidas preventivas.
Las medidas preventivas pueden decretarse a solicitud de parte o de oficio, en cualquier estado y grado del proceso. En los procesos referidos a Instituciones Familiares o a los asuntos contenidos en el Título III de esta Ley, es suficiente para decretar la medida preventiva, conque la parte que la solicite, señale el derecho reclamado y la legitimación que tiene para solicitarla. En los demás casos, sólo procederán cuando exista riesgo manifiesto de que quede ilusoria la ejecución del fallo y siempre que se acompañe un medio de prueba que constituya presunción grave de esta circunstancia y del derecho que se reclama.
Parágrafo Primero. El juez o jueza puede ordenar, entre otras, las siguientes medidas preventivas:
…c) Custodia provisional al padre, la madre o a un familiar del niño, niña o adolescente. (Subrayado y negritas de este Tribunal)

En consecuencia, se concede la CUSTODIA PROVISIONAL de la niña (Se omiten datos por disposición de la Ley), a la ciudadana MORAIMA LÓPEZ IZQUIERDO, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-12.641, en su carácter de progenitora de la misma, hasta tanto este Tribunal, emita un pronunciamiento definitivo sobre el fondo del presente juicio.
Se le hace saber a las partes, que la presente decisión tiene por objeto salvaguardar los derechos de la niña de marras, debiendo las partes cumplir con carácter obligatorio lo decidido y participar a este Despacho, cualquier desavenencia que se presente en la ejecución de la misma. Cúmplase lo ordenado.
EL JUEZ

Abg. WILLIAN PÁEZ JIMÉNEZ
LA SECRETARIA

Abg. ADRIANA MIRELES
Asunto: AP51-V-2011-012460
Motivo: Responsabilidad de Crianza
WPJ/AM/Evelyn*