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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
 Juez  del Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
 Caracas doce (12) de junio de dos mil doce (2012)
 202º y 153º
 
 ASUNTO : AP51-J-2012-008682
 
 Vista la aceptación al cargo de Curador Ad-Hoc hecha por la ciudadana, SOLEDAD MONTEROLA DE PONCE, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.3.149.399, y revisadas como han sido las actas que conforman el presente asunto, esta Juez del Tribunal Sexto de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en uso de sus facultades legales y de acuerdo a lo establecido en el artículo 110 del Código Civil Vigente, DISCIERNE en la persona de la ciudadana SOLEDAD MONTEROLA DE PONCE, antes identificada, el cargo de CURADOR AD-HOC del adolescente  XXXXXXXXXXXXX hijo de la ciudadana YADIRA MARGARITA PONCE MONTEROLA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.10.520.114. Cumplidos como han sido los extremos de Ley, devuélvase en original las presentes actuaciones y déjese copia del presente asunto en el archivo de este Circuito Judicial, una vez la parte interesada aporte los fotostatos respectivos. Cúmplase lo ordenado.-
 LA JUEZ,
 LA SECRETARIA,
 ABG. NURYVEL A. PEÑA GONZÁLEZ.
 ABG. DAYANNA ESTABA.
 
 
 NAPG/DE/Johanna
 AP51-V-2012-008682
 
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