REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, veintiséis de junio de dos mil doce
202º y 153º
ASUNTO : KP02-J-2012-003183

Solicitantes: LISBETH ANA TIMAURE CORDERO y ÁNGEL PASTOR VELASQUEZ SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23.833.329 y V-15.597.806, respectivamente.
Beneficiarios: (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) VELASQUEZ TIMAURE de 1 año de edad Y niño por nacer (en gestación).
Motivo: Homologación de Obligación de Manutención.

Por recibido el escrito que antecede y los recaudos anexos, suscrito por la Abg. Greisy Sánchez de Canelón, en su carácter de Fiscal Auxiliar Decimoséptima del Ministerio Publico del estado Lara; a instancias de los ciudadanos LISBETH ANA TIMAURE CORDERO y ÁNGEL PASTOR VELASQUEZ SILVA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº V-23.833.329 y V-15.597.806, respectivamente; en beneficio de la niña (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) VELASQUEZ TIMAURE de 1 año de edad Y niño por nacer (en gestación), este Tribunal le da entrada y lo admite de conformidad con el articulo 315 de la ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescente, cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley.
PRIMERO: El padre se compromete en aportar la cantidad de DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 200,00) SEMANALES, los cuáles serán entregados a la madre los días sábado de cada semana y quien deberá firmar un recibo como constancia de haber recibido lo acordado.
SEGUNDO: El padre se compromete en cubrir el 50% de los gastos por consultas médicas, medicamentos, vestido, calzado, uniformes, útiles, gastos decembrinos, entre otros que requiera la niña.
TERCERO: asimismo el progenitor se compromete a cubrir los gastos de consultas médicas y tratamientos que se generen en razón del estado de gravidez de la progenitora.
Revisado como ha sido el acuerdo suscrito por los progenitores del (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente) VELASQUEZ TIMAURE de 1 año de edad Y niño por nacer (en gestación), y siendo que el mismo no vulnera los derechos del mismo, siendo que la Obligación de Manutención es una de las Instituciones Familiares susceptible de conciliar por las partes, es por lo que se procede a Homologar el acuerdo presentado por la Fiscal 17º del Ministerio Publico del estado Lara, quien conforme a la ley tiene competencia para conciliar.
En consecuencia, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 365, 375 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección del Niños, Niñas y Adolescentes, HOMOLOGA el convenimiento y en consecuencia ordena se tenga como sentencia firme.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas que soliciten las partes.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes Estado Lara en Barquisimeto, 26 de Junio de 2.012. Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.
La Juez Tercera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

Abg. Lisbeth Leal Aguero
La Secretaria,

Abg. Sailin Rodríguez
En esta misma fecha se registró bajo el Nº 1424-2012 y se publicó siendo las 11:24 a.m.
La Secretaria,

Abg. Sailin Rodríguez
LLA/SR/Luis J.-