REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 29 de Junio de 2012
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2011-021137
ASUNTO : KP01-P-2011-021137

DECISION INTERLOCUTORIA QUE ACUERDA ORDEN DE APREHENSION A NIVEL NACIONAL:

Corresponde a este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control FUNDAMENTAR la orden de aprehensión acordada en contra del imputado: WAHL CHAER NASSER, titular de la cédula de identidad nro. 18.950.478, en esta fecha, a quien se le sigue el presente procedimiento en la presente causa, en oportunidad de celebración de Audiencia conforme al artículo 309 del Código Orgánico Procesal Penal en fecha 29-06-2012, correspondiente a la audiencia preliminar.-
PRIMERO: De la revisión del asunto se observa que la presente audiencia fue diferida en 12 oportunidades por incomparecencia del imputado siendo citado en la dirección aportada por su persona en la audiencia de presentación, señalando el alguacil que la dirección es incompleta, por lo cual considera quien decide ajustado ORDENAR A NIVEL NACIONAL la aprehensión de WAHL CHAER NASSER, titular de la cédula de identidad nro. 18.950.478 a los fines de su ubicación para la celebración de la audiencia señalada.- Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA:

En mérito de las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control nro. 06, Administrando Justicia, En Nombre de la República y por Autoridad de la Ley Acuerda ORDEN DE APREHENSIÓN A NIVEL NACIONAL contra el imputado: WAHL CHAER NASSER, titular de la cédula de identidad nro. 18.950.478, quien una vez aprehendido deberá ser puestos a la orden de este Tribunal a los fines de la celebración de audiencia oral conforme al artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.- Todo de conformidad con el contenido de los artículos 250, del Código Orgánico procesal Penal y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-Líbrese los correspondientes oficios.- Regístrese, publíquese, cúmplase, notifíquese.-


El Juez

El Secretario

Abg. Amelia Jiménez García