REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintiuno de junio de dos mil doce
202º y 153º

ASUNTO: KP02-V-2012-000269
Vista la TRANSACCION de fecha 20-06-2012, presentada por ambas partes, por una parte el abogado GUSTAVO JOSÉ MARQUEZ SORONDO, inscrito en el IPSA bajo el Nº 108.790, en su condición de apoderado judicial de la parte actora FREMECA I, C.A, y por la otra parte el abogado TOMAS COLINA RAMOS, inscrito en el IPSA bajo el Nº 27.350, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada SEGUROS CONSTITUCION C.A, en el presente juicio por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE SEGURO, donde acuerdan ponerle fin al presente juicio y solicitan su Homologación. Ahora bien, se observa que por cuanto la anterior Transacción se ha planteado conforme a derecho y versa sobre derechos disponibles, así como que la TRANSACCION fue suscrita personalmente por los apoderados Judiciales de las partes intervinientes en el presente juicio, quienes tienen facultad expresa para transigir, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Archívese el expediente en su oportunidad.


La Juez,
La Secretaria.,


Abg. Eunice Beatriz Camacho M.
Abg. Bianca Escalona.


EBCM/BE/rccg.-