REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO.-

SOLICITANTE (S): CARLOS VISO SOSA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.344.068, de este domicilio, actuando en su nombre y en representación de las ciudadanas CARLA JOSEFINA VISO de ARCAY y CARIM SOVEIDA VISO SALMEN, venezolanas, mayores de edad, casada y soltera en su orden, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.345.868 y V-11.357.432 respectivamente, asistido por el abogado en ejercicio JORGE JIMY PEÑA GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 68.841, de este domicilio.
MOTIVO: DECLARACION UNICA DE HEREDEROS UNIVERSALES
(PERPETUA MEMORIA)

SENTENCIA: DEFINITIVA

EXPEDIENTE: 5494.

I
Por presentado el escrito de solicitud en fecha 09 de mayo de 2012, por el ciudadano CARLOS VISO SOSA, venezolano, mayor de edad, casado, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.344.068, de este domicilio, actuando en su nombre y en representación de las ciudadanas CARLA JOSEFINA VISO de ARCAY y CARIM SOVEIDA VISO SALMEN, venezolanas, mayores de edad, casada y soltera en su orden, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-11.345.868 y V-11.357.432 respectivamente, asistido por el abogado en ejercicio JORGE JIMY PEÑA GUERRA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 68.841, de este domicilio, mediante la cual solicita sean declarados “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” en su condición de cónyuge e hijas sobrevivientes de la de cujus, SOVEIDA SALMEN de VISO, venezolana, mayor de edad, casada, identificada con la cédula de identidad Nro. V-1.158.179, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 07-03-2.012. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia y evacuadas los testigos ciudadanos GUBAIRA SAID HUMBERTO ELIAS y SAAVEDRA FLETE MARIA MAHOLY, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-7.104.492 y V-16.941.529 respectivamente, ambos de este domicilio, por ante este mismo Juzgado promovidos por la parte solicitante, y a todo evento dejando a salvo los derechos de terceros, este TRIBUNAL QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR la solicitud de “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” y en consecuencia declara conforme a los autos, a los ciudadanos CARLOS VISO SOSA, CARLA JOSEFINA VISO de ARCAY y CARIM SOVEIDA VISO SALMEN, ut supra identificados, como “UNICOS HEREDEROS UNIVERSALES” de la de cujus, SOVEIDA SALMEN de VISO, venezolana, mayor de edad, casada, identificada con la cédula de identidad Nro. V-1.158.179, quien falleció ab-intestato, en el municipio Valencia, estado Carabobo, en fecha 07-03-2.012, según consta del Acta de Defunción la cual se encuentra asentada bajo el Nro. 41, tomo I, Año 2.012, en los Libros de Registro Civil de la Parroquia El Socorro, Municipio Valencia, Estado Carabobo, dejando a salvo los derechos de terceros; Y ASÍ SE DECIDE.

Expídanse copias certificadas de la solicitud y de esta Decisión, a la parte solicitante.

Publíquese y déjese copia.

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho del JUZGADO QUINTO DE LOS MUNICIPIOS VALENCIA, LIBERTADOR, LOS GUAYOS, NAGUANAGUA Y SAN DIEGO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO. En Valencia, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil doce (2012). Años 202° de la Independencia y 153° de la Federación.-
El Juez suplente Especial,

ABG. JOSÉ GREGORIO RODRÍGUEZ GONZÁLEZ.
La Secretaria Temporal,

ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE.

En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 08:45 horas de la mañana.-
La Secretaria Temporal,

ABG. MIRIAM PÉREZ ABACHE.

Exp. Nro. 5494.-
JGRG/mi,cal.-