REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTALBAN

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE:
EL JUZGADO DEL MUNICIPIO MONTALBAN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO CARABOBO

Montalbán, 22 de Junio de 2012
Años: 202° y 153°
Vista la Diligencia de fecha 19 de Junio del año 2012, presentada por la Abogada: MARLESPZA MARCHAN, inscrita en el INPREABOGADO bajo el número 174.736, que riela al folio Quince (15) del presente expediente, en la cual señala como nuevos Testigos a las Ciudadanas MARIA MAGDALENA MARTÍNEZ, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nº V-7.081.665, y MARIA ALEJANDRINA HIDALGO LINARES, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad Nº V-13.330.009, en vista de que los testigos anteriores, por razones netamente personales no pueden comparecer a rendir declaraciones. Quien aquí juzga con el carácter de JUEZ de este Juzgado del Municipio Montalbán de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, acuerda lo solicitado en consecuencia, evacúese a los testigos respectivos en un lapso no mayor de Quince (15) días de despacho, todo de conformidad con lo establecido en los Artículos: 2, 7, 26, 49 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como en los Artículos 12, 13, 14, 15 y 895 del Código de Procedimiento Civil y, una vez cumplida dicha formalidad, se provea lo conducente.. CÚMPLASE.-
EL JUEZ PROVISORIO,

Abg. JOSE LUIS AROCHA COLMENAREZ.
LA SECRETARIA,

Abg. LUZMAR MOLINAS SANCHEZ.
En la misma fecha de hoy, se agrego a los autos que conforman al expediente 425-12.
LA SECRETARIA

Abg. LUZMAR MOLINAS SANCHEZ


JLAC/ljms.
Exp. 425-12.