REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE SEGUNDA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
CARACAS, _____________ DE _____________ DE 2012
Años 201° y 153°
En fecha 10 de diciembre de 2004, se recibió en la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de las Cortes de lo Contencioso Administrativo, el oficio Nº 02-0972 de fecha 13 de agosto de 2002, emanado del Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, mediante el cual remitió el expediente contentivo del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la ciudadana ALINE GUEZ BISSOR, titular de la cédula de identidad Nº 3.474.835, asistida por el abogado José Luis Ramírez, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 3.533, contra la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO BARUTA.
Dicha remisión, se efectuó en virtud del recurso de apelación interpuesto en fecha 30 de julio de 2002 por la ciudadana Aline Guez Bissor, asistida por el abogado José Luis Ramírez, contra la sentencia dictada por el referido Juzgado en fecha 19 de julio de 2002, mediante el cual declaró inadmisible el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto.
En fecha 1º de febrero de 2005, se dio cuenta a esta Corte y, por auto de la misma fecha, se designó ponente a la Jueza María Enma León Montesinos.
En fecha 22 de febrero de 2012, esta Corte “(…) por cuanto en fecha seis (6) de noviembre de dos mil seis (2006) fue constituida la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, conformada por los ciudadanos EMILIO RAMOS GONZÁLEZ, Presidente, ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA, Vicepresidente y ALEJANDRO SOTO VILLASMIL, Juez (…) se aboca al conocimiento de la presente causa en el estado en que se encuentra, reanudándose la misma una vez vencido el lapso establecido en el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil (…)”. (Resaltados del original).
En fecha 29 de febrero 2012, esta Corte “(…) reasigna la ponencia al Juez EMILIO RAMOS GONZÁLEZ, a quien se ordena pasar el expediente, a los fines que la Corte dicte la decisión correspondiente (…)”. En esa misma fecha, se pasó el presente expediente al Juez ponente. (Resaltados del original).
I
Esta Corte pasa a decidir el presente recurso contencioso administrativo funcionarial previa las siguientes consideraciones:
Observa este Órgano Jurisdiccional que se dio inicio a la actual controversia en virtud del recurso contencioso administrativo funcionarial incoado por la ciudadana Aline Guez Bissor, asistida por el abogado José Luis Ramírez contra la Alcaldía del Municipio Baruta.
En este orden de ideas, previo a cualquier pronunciamiento del fondo, pasa esta Corte de seguidas a efectuar las siguientes observaciones:
En primer lugar, observa esta Corte que la presente causa estuvo paralizada hasta el día 22 de febrero de 2012, fecha en que la Corte declaró la constitución de la misma y se abocó al conocimiento del caso de autos.
Ello así, visto que en fecha 22 de febrero de 2012, este Órgano Jurisdiccional se abocó a la presente causa, la Corte en este caso en particular, ordena notificar a la ciudadana Aline Guez Bissor, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por remisión expresa del artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, sobre el abocamiento antes mencionado, en el entendido que una vez conste en autos la notificación ordenada, comenzará a transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho al que se refiere el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, advirtiendo que vencido el mismo, se procederá a decidir el fondo de la presente causa. Así se decide.
II
Por las razones antes expuestas, esta Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ORDENA NOTIFICAR a la ciudadana ALINE GUEZ BISSOR, sobre el abocamiento de fecha 22 de febrero de 2012, en el entendido que una vez conste en autos la notificación ordenada, comenzará a transcurrir el lapso de tres (3) días de despacho al que se refiere el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, advirtiendo que vencido el mismo, se procederá a decidir el fondo de la presente causa.
Publíquese, regístrese y notifíquese. Déjese copia de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Sesiones de la Corte Segunda de lo Contencioso Administrativo, en Caracas a los __________ (__) días del mes de __________ de dos mil doce (2012). Años 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
El Presidente,
EMILIO RAMOS GONZÁLEZ
Ponente
El Vicepresidente,
ALEXIS JOSÉ CRESPO DAZA
El Juez,
ALEJANDRO SOTO VILLASMIL
La Secretaria Accidental,
CARMEN CECILIA VANEGAS SALAS
Exp. Nº AP42-R-2004-001032
ERG/007
En fecha _____________ (___) de ____________de dos mil doce (2012), siendo la (s) ___________ de la_____________, se publicó y registró la anterior decisión bajo el Nº 2012-________.
La Secretaria Accidental.
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