REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 5

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

SALA QUINTA DE LA CORTE DE APELACIONES DEL
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 13 de Marzo de 2012
201° y 153°
Nº 046-12
JUEZ PONENTE: DRA. MORAIMA CAROLINA VARGAS JAIMES.
CAUSA Nº S5-2977-12

Visto el recurso de apelación interpuesto por la Abogada NANCI MARVELYS MARTINEZ BELLO, en su carácter de Defensora Privada, del ciudadano DANNY GABRIEL PEÑA YRIARTE cedula de identidad V- 13.717.215, en contra de la decisión dictada por el Juzgado Cuadragésimo (40º) de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, en fecha 14/01/2012, mediante la cual acordó Medida Preventiva Judicial Privativa de Libertad al precitado ciudadano, conforme a lo establecido a los numerales 1, 2 y 3 del articulo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con lo previsto en los numerales 2º y 3º del articulo 251, ejusdem, así como de acuerdo con lo que prevé el numeral 2 del articulo 252, del Código Orgánico Procesal Penal; esta Sala lo admite, de conformidad con lo dispuesto en el ordinal 4º del artículo 447 del citado Código y por no configurar ninguna de las causales de inadmisibilidad previstas en el artículo 437 eiusdem, reservándose el lapso establecido en el tercer aparte del artículo 450 de la Ley Adjetiva Penal, para la resolución de la cuestión planteada. Así se decide.

LA JUEZA PRESIDENTE
(PONENTE)


DRA. MORAIMA CAROLINA VARGAS JAIMES

LA JUEZ INTEGRANTE, LA JUEZ INTEGRANTE,


ALEGRIA LILIAN BELILTY. ZINNIA BRICEÑO MONASTERIO.

LA SECRETARIA,


ABG. DENNY HERNÁNDEZ.

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado.

LA SECRETARIA,


ABG. DENNY HERNÁNDEZ.
Causa N° S5-2977-12
MCVJ/ALB/ZBM/DH/mg.