Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 21 de marzo de 2012
201º y 153º
INTERLOCUTORIA N° 22/2012
Visto el recurso contencioso tributario interpuesto conjuntamente en fecha 26 de junio de 2008, por el abogado Juan Oswaldo Angulo, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-1.454.015, e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 10.160, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP), contra la Resolución identificada con las siglas y números SERMAT-ADMC-CAFRA-RES-2008-078, de fecha 22 de mayo de 2008, notificada a la contribuyente el 26 de mayo de 2008, emanada de la Alcaldía del Distrito Metropolitano de Caracas, la cual declaró SIN LUGAR el Recurso Jerárquico, en consecuencia ratificó las planillas de liquidación Nos. SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01045; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01046; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01047; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01048; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01049; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01050; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01051; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01052; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01053; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01054; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01055; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01056; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01057; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01058; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01059; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01060; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01061; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01062; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01063; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01064; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01065; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01066; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01067; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01068; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01069; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01070; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01071; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01072; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01073; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01074; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01075; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01076; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01077; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01078; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01079; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01080; SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01081 y SERMAT-ADMC-CS-IDF-TF-2007-01082, respectivamente, todas de fecha 18 de diciembre de 2007, por la cantidad total de MIL CIENTO CINCUENTA UNIDADES TRIBUTARIAS (1150 UT). Conforme lo dispuesto en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario, este juzgado observa que se cumplen todos los requisitos señalados expresamente en los artículos 259, 260, 261, 262 y 266 del mencionado texto legal. En efecto, se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se expresan las razones de hecho y de derecho en que se funda, se evidencia la cualidad y el interés de la recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de las persona que se presenta como representante de la recurrente y no consta en autos oposición alguna por parte de la representación fiscal, en consecuencia este Tribunal ADMITE dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación, de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1er.) día de despacho siguiente a que conste en autos la última boleta de notificación librada. Líbrese boleta de notificación de la presente Sentencia Interlocutoria a los ciudadanos Procuradora y Fiscal General de la República, a la Jefa de Gobierno del Distrito Capital Jacqueline Farías y al Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN) anteriormente denominada Dirección General de los Servicios de Inteligencia y Prevención (DISIP).
El Juez Temporal,
José Luis Gómez Rodríguez La Secretaria Temporal,
Yuleima Milagros Bastidas Alviarez
ASUNTO N° AP41-U-2008-000403
JLGR/YMBA/ll.
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