REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 30 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO: AP11-V-2012-000255
Por recibido y visto el anterior libelo de demanda y los recaudos acompañados al mismo, presentado el abogado Luis Gerardo Ascanio Estebes, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 14.317, apoderado judicial de los ciudadanos, Héctor Omar Toro Vera y Marcelina Pérez de Toro, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad números 2.990.157 y 4.768.239 respectivamente, este Tribunal considerando que la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley la ADMITE cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 692 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena emplazar al ciudadana María Orellanes de Arciles, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad número V- 1.710.251, para que comparezca por ante este Juzgado, dentro de los veinte (20) días de despacho siguientes a la constancia en autos que de su citación se haga a dar contestación a la demanda lo cual deberá realizar dentro de las horas de despacho comprendidas entre las 8:30 a.m. y 3:30 p.m.- Igualmente se ordena emplazar a los herederos desconocidos de la ciudadana Rosalía Ramos, titular de la Cédula de Identidad N° 184.037, mediante edicto a tenor de lo dispuesto en el artículo 231 del Código Adjetivo.- Compúlsese el libelo de la demanda con su respectiva orden de comparecencia al pié, previa certificación por secretaría, de conformidad con lo establecido en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, a los fines de que el alguacil practique la citación ordenada previo suministro de los fotostatos respectivos, los cuales deberán ser consignados por diligencia.. Igualmente se ordena librar EDICTO, emplazando para el juicio a todas aquellas personas que se crean con derechos sobre el inmueble objeto del presente juicio, asi como tambien a los herederos conocidos y desconocidos de la finada Rosalía Ramos, para que comparezcan por ante este Tribunal, dentro de los quince (15) días de despacho contados a partir de la publicación, fijación y consignación que de dicho cartel se haga. Dicho edicto deberá ser publicado en los diarios “EL NACIONAL” Y “EL UNIVERSAL”, por lo menos dos (02) veces por semana, durante sesenta (60) días, una vez realizada la citación de la demanda principal.
LA JUEZ,
SARITA MARTINEZ
LA SECRETARIA
NORKA COBIS RAMIREZ
Hora de Emisión: 11:40 AM
Asistente que realizo la actuación: jaime.-