REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Caracas, 01 de Marzo de 2012.-
201º y 153º.-

ASUNTO: AH15-S-2006-000129.

PARTES SOLICITANTES: KEILA ANASTACIA DE JESÚS VIVAS RODRIGUEZ y ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ GORRIN, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 10.926.102 y V- 12.163.630, respectivamente.-

ABOGADA ASISTENTE: MAYRA ZAMORA QUILARQUE, Abogada adscrita al Departamento de Servicios Jurídicos (Asesoría Jurídica Gratuita a la Comunidad) de la Universidad Católica Andrés Bello UCAB, e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 64.538.-

MOTIVO: SEPARACIÓN DE CUERPOS.
(Conversión en Divorcio).

TIPO SENTENCIA: DEFINITIVA.

I
Comenzó el presente procedimiento mediante escrito presentado por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de esta misma Circunscripción Judicial, por los Ciudadanos KEILA ANASTACIA DE JESÚS VIVAS RODRIGUEZ y ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ GORRIN, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 10.926.102 y V- 12.163.630, respectivamente, debidamente asistidos por la Ciudadana MAYRA ZAMORA QUILARQUE, Abogada adscrita al Departamento de Servicios Jurídicos (Asesoría Jurídica Gratuita a la Comunidad) de la Universidad Católica Andrés Bello UCAB, e inscrita en el inpreabogado bajo el N° 64.538, mediante la cual solicitan de mutuo y común acuerdo se declare la Separación de Cuerpos y Bienes; alegaron que contrajeron matrimonio el día 31 de Mayo de 2001, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital, que de su unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes que liquidar, asimismo consignaron copia certificada del acta de matrimonio.
En fecha 24 de Noviembre de 2006, este Tribunal, exhorto a los cónyuges a la reconciliación y sin haberse logrado la misma, por tal motivo se decretó la Separación de Cuerpos.
En fecha 21 de Septiembre de 2011, compareció por ante este Tribunal el Ciudadano ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.163.630, debidamente asistido por la Ciudadana SUSANA RODRIGUEZ, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.040, y solicitó la conversión en divorcio de la presente separación de cuerpo y se libre Cartel de Citación a su cónyuge, Ciudadana KEILA ANASTACIA DE JESÚS VIVAS RODRIGUEZ.
En fecha 04 de Octubre de 2011, este Tribunal dictó auto mediante el cual se acuerda librar Cartel de notificación dirigido a la Ciudadana KEILA ANASTACIA DE JESÚS VIVAS RODRIGUEZ.
En fecha 21 de Septiembre de 2011, compareció el Ciudadano ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ, Venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° V- 12.163.630, debidamente asistido por la Ciudadana SUSANA RODRIGUEZ, Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 30.040, y confiere Poder Apud Acta, a la Abogada asistente en este acto.
En fecha 01 de Noviembre de 2011, compareció la Ciudadana SUSANA RODRIGUEZ, en su condición de Apoderada Judicial del Ciudadano ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ, y retira el Cartel de Notificación librado en fecha 04 de Octubre de 2011.
En fecha 30 de Noviembre de 2011, compareció la Ciudadana SUSANA RODRIGUEZ, en su condición de Apoderada Judicial del Ciudadano ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ, y consignó el Cartel de Notificación, publicado en el Diario Últimas Noticias, en fecha 25 de Noviembre de 2011.
En fecha 06 de Diciembre de 2011, la Secretaria Titular, ABG. LEOXELYS VENTURINI, dejó constancia de haberse cumplido las formalidades del artículo 233 del Código Civil.
En fecha 24 de Febrero de 2012, compareció la Ciudadana SUSANA RODRIGUEZ, en su condición de Apoderada Judicial del Ciudadano ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ y solicita el Decreto de la Conversión en Divorcio.
Siendo la oportunidad para decidir, el Tribunal pasa hacerlo previa las siguientes consideraciones:
II
Consta de las actas procesales que conforman el presente expediente que los cónyuges Ciudadanos KEILA ANASTACIA DE JESÚS VIVAS RODRIGUEZ y ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ GORRIN, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 10.926.102 y V- 12.163.630, respectivamente, han vivido separados de cuerpo por más de un (01) año, sin producirse reconciliación y como estos son los supuestos legales previstos en el aparte único del artículo 185 del Código Civil, es procedente la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpo solicitada.- Y ASÍ SE DECIDE.
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: CON LUGAR la conversión en Divorcio de la Separación de Cuerpos de los cónyuges Ciudadanos KEILA ANASTACIA DE JESÚS VIVAS RODRIGUEZ y ABIGAIL JOSÉ LÓPEZ GORRIN, Venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las Cédulas de Identidad Nros: V- 10.926.102 y V- 12.163.630, respectivamente y en consecuencia disuelto el vinculo matrimonial que los une, contraídos por ellos el día 31 de Mayo de 2001, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia El Recreo, Municipio Libertador del Distrito Capital.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.-
Dado firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los 01 de Marzo de 2012.- Años: 201° de la Independencia y 153° de la Federación.
LA JUEZ TITULAR,
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY.
LA SECRETARIA TEMPORAL,
ABOG. LEIDY MARIANA ZAMBRANO
En la misma fecha se público y registro el anterior fallo.-
LA SECRETARIA,
N° antiguo: 06-3467.-
AMCDM/LV/Yenny.-