REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE PRIMERA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
JUZGADO DE SUSTANCIACIÓN
Caracas, 20 de marzo de 2012
201° y 153°
Visto la diligencia de fecha quince (15) de marzo de 2012, suscrita por el abogado Freddy Ovalles Párraga, actuando con el carácter de apoderado judicial de la Sociedad de Ingeniería de Tasación de Venezuela (SOITAVE), en la que incidentalmente tacha de falsedad el documento que cursa a los folios ciento noventa y nueve (199) al doscientos dos (202) de la segunda pieza del presente expediente, autenticado por ante la Notaría Pública Trigésimo Novena del Municipio Libertador del Distrito Capital, de fecha veinticinco (25) de enero de 2007, bajo el N° 51 del Tomo 10 del Libro de Autenticaciones.
Este Tribunal abre el lapso de cinco (05) días de despacho a que se contrae el artículo 440 del Código de Procedimiento Civil, aplicable supletoriamente de conformidad con el artículo 31 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, a fin de que el tachante presente el escrito de formalización de la tacha propuesta.
Visto el anterior pronunciamiento, se acuerda la notificación de la ciudadana Procuradora General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 97 del Decreto con Rango y Fuerza de Ley Orgánica que rige sus funciones. Líbrese oficio y anéxese copia certificada del escrito de pruebas, y de los documentos cursante a los folios ciento diecinueve (119) al doscientos dos (202) de la segunda pieza, trescientos cincuenta y uno (351) y su vuelto de la tercera pieza, y del presente auto.
La Juez de Sustanciación,
Belén Serpa Blandín
El Secretario Accidental,
Jaime Sandoval
BSB/JS/jab/rab
Exp. N° AP42-N-2009-000154
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