REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

En su nombre
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCION INTERNACIONAL.
201° y 153°
Asunto: AP51-V-2011-011869
Motivo: Divorcio Contencioso.
Demandante: Miriam del Carmen Flores, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-6.721.370
Abogado asistente: Darío Igort García Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.650.
Demandada: Carlos Rubén Mata, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-6.322.589.
Abogado asistente: No constituyó.
Niño/adolescente: (Se omiten datos por disposición de la Ley).
Revisadas las Actas que conforman el presente asunto; y vista la diligencia de fecha 01/02/2012, suscrita por el abogado Darío Igort García Álvarez, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 95.650, en su carácter de Apoderado Judicial de la ciudadana Miriam del Carmen Flores, antes identificada, mediante la cual desiste del procedimiento de Divorcio incoado por la mencionada ciudadana contra el ciudadano Carlos Rubén Mata, antes identificado, y no habiendo oposición, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Niños, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, impartiendo justicia en nombre de la República y por la autoridad de la ley, de conformidad a lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el desistimiento de la demanda razón por la cual le da carácter de cosa juzgada. En consecuencia, se ordena remitir el presente asunto a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), a objeto que sea itinerado al Tribunal Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación a los fines legales consiguientes.
Regístrese y Publíquese.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Audiencias del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio de Niños, Niñas y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, a los trece (13) días del mes de Marzo del año dos mil doce (2012). Año 201° de la Independencia y 152° de la Federación.
El Juez,
Emilio Ruiz Guía.
La Secretaria,
Luisa Oliveros.

En el mismo día siendo las horas 02:00 p.m., se publico la anterior sentencia.

La Secretaria,
Luisa Oliveros.




AP51-V-2011-011869