REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 29 de Marzo de 2012
201º y 153º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2012-003041
AUTORIZACION DE DESTRUCCION DE LA DROGA
Revisado el presente asunto, en el que consta solicitud de la Fiscalía Vigésima del Ministerio Público a los fines de que se autorice la destrucción de la droga descrita en el escrito respectivo, este Tribunal de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal, en funciones de Control N ° 3, pasa a fundamentar en los siguientes términos:
1.- El ministerio Público solicita autorización para la destrucción de la sustancia estupefaciente y psicotrópica incluyendo empaques, en virtud de que la misma no tiene uso terapéutico, no se notifique al Ministerio en materia de Salud, en las siguientes causas:
NRO FISCALIA IMPUTADO TRIBUNAL
EXPERTICIA
1 13-F27-0833-11 SIN DETENIDO 11-0546
2 13f-27-0855-11 FELIX JOSE LUPO ARISMENDI P-11-6007 6210-11
3 13-F27-0173-12 HENRRY ANTONIO LOPEZ MERCADO V KP11-P-2012-0852
(Carora) 0157-12
4 13-F270195-1211 JUAN CARLOS HERAS PARRA V KP11-P-11012-0896
(CARORA= 0708-12
2.- De conformidad con lo previsto en el Artículo 193 de la Ley Orgánica de Drogas, se autoriza la destrucción de las sustancias descritas en las causas y experticias anteriormente señaladas, previa verificación por parte del experto adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas destinado a tales efectos, previo el cumplimiento de todas las formalidades de ley.
En este sentido, tomando en consideración que en la respectiva experticia se deja constancia que la sustancia incautada no tiene uso terapéutico, de conformidad con lo previsto en el Artículo 191 de la Ley orgánica de Drogas, se exime de notificar al Ministerio del Poder Popular para la Salud y Desarrollo Social.
3.- Se ordena librar las correspondientes boletas de notificación, los oficios y la autorización correspondiente. Se deja constancia que se notificó vía telefónica a la Fiscal Vigésimo del Ministerio Público Abg. BRINER ALI DABOIN ANDRADE, siendo las 3:45 p.m. del día de hoy, a los fines de la práctica de la incineración correspondiente. Cúmplase.
EL JUEZ DE CONTROL N ° 3
El Secretario
Abg. Carlos Gabriel Torrealba Gamarra
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