REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES SEXTO DE JUICIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
201º y 153º
Barquisimeto, 19 de Marzo del 2012
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2011-011942
“NEGATIVA DE SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR”:
Corresponde a este, Juzgado de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio del Estado Lara, pasar a pronunciarse respecto a solicitud efectuada, por la abogada ZARELLY ZAMBRANO, en su condición de defensora pública del Acusado GILBERTO JOSE VARGAS PEROZO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 23.812.014 y en la cual solicita que a su defendido se le revise la Medida Privativa de Libertad de conformidad a lo establecido en el artículo 264 numerales 3 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal.
Motivación para decidir
Ahora bien, este Tribunal al analizar las presentes actuaciones observa que en fecha 20/07/12 se celebro Audiencia Oral de conformidad con el articulo 373 Código Orgánico Procesal Penal (COPP), en la presente causa al Acusado de marras, en donde el Tribunal Primero de Control le otorgó al acusado GILBERTO JOSE VARGAS PEROZO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 23.812.014, Medida de Prisión Judicial Preventiva de Libertad de conformidad con los establecida en los artículos 250 y 251 del COPP. La cual deberá cumplir en el Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental (URIBANA), es por lo que considera quien aca decide que no esta ajustada a derecho la solicitud planteada por la defensora, es por lo que se declara IMPROCEDENTE. Así se decide.
DECISIÓN
Este Tribunal de Primera Instancia en funciones Sexto de Juicio en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decide en los siguientes términos: PRIMERO: NIEGA LA SOLICITUD DE MEDIDA CAUTELAR, a favor del acusado GILBERTO JOSE VARGAS PEROZO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 23.812.014, por IMPROCEDENTE.
Notifíquese a las partes de la presente decisión. Cúmplase.-
JUEZ SEXTO DE JUICIO
MARISOL LÓPEZ GONZÁLEZ
SECRETARIO (A)