REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecinueve de marzo de dos mil doce
201º y 153º
ASUNTO: KP02-V-2003-001258
PARTE ACTORA: RAFAEL ARTURO GONZALEZ RIVAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 7.349.559, de este domicilio, abogado en ejercicio inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882.
PARTE DEMANDADA: IRIZ MARGOTH CHIRINOS DE ARBELAEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS, ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.199.091, 7.321.093, 7.306.732, 7.351.242 y 7.440.898, respectivamente, de este domicilio.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: RUBEN EDUARDO ORTIZ CORDOVA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 29.410, en su carácter de Apoderado Judicial de los ciudadanos IRIZ MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS y los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS.
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA PERENCION DE LA INSTANCIA EN JUICIO DE DAÑOS MATERIALES y MORALES.
Se inició el presente juicio de DAÑOS MATERIALES y MORALES, intentado por el ciudadano RAFAEL ARTURO GONZALEZ RIVAS, contra los ciudadanos IRIZ MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS, ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, el cual se admitió a sustanciación en fecha 30/07/2.003, por ante este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara (f. 18). En fecha 27/08/2.003, compareció el alguacil de este Despacho y consignó sin firmar compulsas de los demandados (f. 19). En fecha 28/08/2.003, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó la citación por carteles de los demandados (f. 80). En fecha 04/09/2.003, se dictó auto acordando la citación por carteles de los demandados (f. 81). En fecha 29/09/2.003, compareció abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y consignó carteles debidamente publicados (f. 82). En fecha 14/10/2.003, compareció el Secretario del Tribunal y dejó constancia de la fijación del cartel en la morada de los demandados (f. 85). En fecha 11/11/2.003, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó la designación de defensor ad litem (f. 86). En fecha 26/11/2.003, se dictó auto designando defensor ad litem de la parte demandada (f. 87). En fecha 02/12/2.003, compareció el alguacil de este despacho y consignó boleta firmada por la abogada designada como defensora ad litem de la parte demandada (f. 88). En fecha 04/12/2.003, se juramentó la abogada MARIA EMILIA BRIZUELA, como defensora ad litem de la parte demandada (f. 90). En fecha 26/01/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y desistió del procedimiento en relación a la ciudadana IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y manteniendo la demanda con el resto de los demandados (f. 91). En fecha 29/01/2.004, compareció el abogado RUBEN EDUARDO ORTIZ CORDOVA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 29.410, procediendo en representación de los ciudadanos IRIS MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS, ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, presentó escrito de contestación de la demanda (f. 92). En fecha 30/01/2.004, compareció la abogada MARIA EMILIA BRIZUELA, inscrita en el I.P.S.A., bajo el Nº 90.855, en su carácter de Defensora ad litem de los demandados y presentó contestación a la demanda (f. 127). En fecha 30/01/2.004, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente y se dieron por citados en la presente causa en nombre y representación de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS (f. 130). En fecha 27/02/2.004, se dictó auto admitiendo la pruebas promovidas por las partes (f. 134). En fecha 03/03/2.004, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS, e hicieron oposición a las pruebas promovidas por la parte actora (f. 165). En fecha 04/03/2.004, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS e impugnaron la copia fotostática producida por el accionante en el lapso de promoción de pruebas (f. 169). En fecha 04/03/2.004, compareció el abogado RUBEN EDUARDO ORTIZ CORDOVA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 29.410, procediendo en representación de los ciudadanos IRIS MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS e hizo oposición al escrito promoción de pruebas hecho por la parte actora (f. 170). En fecha 08/03/2.004, se dictó auto se dicto auto providenciando las pruebas promovidas por las partes (f. 173). En fecha 08/03/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó declarar extemporáneos los escritos de oposición a las pruebas hechos por la parte demandada (f. 175). En fecha 09/03/2.004, se dictó acordando la devolución del poder original solicitado (f. 176). En fecha 12/03/2.004, compareció el abogado RUBEN EDUARDO ORTIZ CORDOVA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 29.410, procediendo en representación de los ciudadanos IRIS MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS y presentó apelación del auto de admisión de pruebas (f. 177). En fecha 16/03/2.004, se dictó auto oyendo apelación en un solo efecto (f. 178). En fecha 17/03/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó computo de los días de despacho (f. 179). En fecha 22/03/2.004, se dictó auto acordando realizar el computo solicitado (f. 180). En fecha 14/05/2.004, se libraron los oficios solicitados en el escrito de pruebas (f. 183 al 200). En fecha 19/05/2.004, compareció el abogado RUBEN EDUARDO ORTIZ CORDOVA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 29.410, procediendo en representación de los ciudadanos IRIS MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS y presentó informes (f. 201). En fecha 20/05/2.004, compareció el abogado RUBEN EDUARDO ORTIZ CORDOVA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 29.410, procediendo en representación de los ciudadanos IRIS MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS y presentó informes (f. 237). En fecha 20/05/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y presentó escrito de informes (f. 272). En fecha 24/05/2.004, se dictó auto dándole entrada a los oficios emanados de los Juzgados Primero y Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara y del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara (f. 286). En fecha 26/05/2.004, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y solicitaron se aclare la situación planteada y actualice la fase del proceso con al finalidad de que se mantenga la igualdad entre las partes (f. 292). En fecha 26/05/2.004, se dictó auto dándole entrada al oficio emanado del Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara (f. 293). En fecha 31/05/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó copias certificadas (f. 295). En fecha 07/06/2.004, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y ratificaron escrito de fecha 26/05/2.004 (f. 296). En fecha 08/06/2.004, se dictó auto dándole entrada a los oficios emanados del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara y Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil y Transito del Estado Lara (f. 297). En fecha 09/06/2.004, se dictó auto acordando notificar que una vez conste en autos el material probatorio se fijará oportunidad para presentar informes (f. 302). En fecha 16/06/2.004, se dictó auto dándole entrada a los oficios emanados de la Universidad Fermín Toro y de la Notaría Pública Primera de Barquisimeto, Estado Lara (f. 303). En fecha 16/06/2.004, compareció el abogado RUBEN EDUARDO ORTIZ CORDOVA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 29.410, procediendo en representación de los ciudadanos IRIS MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS y consignó escrito de pruebas (f. 309). En fecha 17/06/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y se dio por notificado de la decisión del tribunal, se reserva el derecho de impugnar de la decisión (f. 330). En fecha 18/06/2.004, compareció RAFAEL GONZALEZ RIVAS, asistido por el abogado Henrry Navarro, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 15.652, en su carácter de parte actora y apeló formalmente del auto en donde se repone la causa al estado de esperar la totalidad de las pruebas promovidas (f. 331). En fecha 21/06/2.004, se dictó auto acordando computo de días de despacho (f. 332). En fecha 21/06/2.004, se dictó auto negando oír apelación por ser extemporánea (f. 334). En fecha 22/06/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó desistió formalmente de todas las pruebas por él promovidas (f. 335). En fecha 22/06/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó copia certificada de la totalidad del expediente (f. 336). En fecha 01/07/2.004, se dictó auto determinando la inadmisibilidad de la renuncia o desistimiento a la prueba (f. 337). En fecha 12/07/2.004, se dictó auto dándole entrada a los oficios emanados del Colegio de Abogados del Estado Lara y del Juzgado Tercero Ejecutor de Medias de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara (f. 338). En fecha 14/07/2.004, se dictó auto acordando aperturar una nueva pieza al presente expediente (f. 342). En fecha 26/07/2.004, Se dictó auto dándole entrada al oficio emanado de la Rectoría Civil del Estado Lara (f. 344). En fecha 04/08/2.004, se dictó auto dándole entrada al oficio emanado del Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Region Centro Occidental (f. 346). En fecha 13/08/2.004, se dictó auto dándole entrada al oficio emanado del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Estado Lara (f. 349). En fecha 30/08/2.004, se dictó auto dándole entrada al oficio emanado del Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil y Menores del Estado Lara (f. 351). En fecha 03/09/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó la oportunidad para fijar informes (f. 358). En fecha 08/09/2.004, se dictó auto negando lo solicitado (f. 359). En fecha 05/10/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente al Tribunal fije oportunidad para presentar informes (f. 360). En fecha 15/10/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y ratificó la diligencia de fecha 05/10/2.004 (f. 361). En fecha 02/11/2.004, se dictó auto en donde informa que aun no es posible fijar oportunidad para presentación de informes (f. 362). En fecha 15/11/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó copia certificada (f. 363). En fecha 17/11/2.004, se dictó auto acordando expedir las copias certificadas solicitadas (f. 364). En fecha 18/11/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y consignó copias de documentos (f. 365). En fecha 25/11/2.004, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente al Tribunal fije oportunidad para presentar informes (f. 378). En fecha 29/11/2.004, se dictó auto fijando décimo día de despacho siguiente a la constancia en autos de la última notificación de las partes para la presentación de informes (f. 379). En fecha 25/02/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó librar boleta a las partes (f. 380). En fecha 09/03/2.005, compareció el alguacil de este Despacho y consignó sin firmar boleta de notificación del abogado Rubén Ortiz (f. 382). En fecha 14/03/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y se dio por notificado de la orden dada por el Tribunal (f. 384). En fecha 15/03/2.005, compareció el alguacil de este Despacho y consignó sin firmar boleta de notificación del ciudadano Carlos Alberto Arbelaez (f. 385). En fecha 16/03/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó la citación complementaria del ciudadano Carlos Alberto Arbelaez (f. 388). En fecha 16/03/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó copia certificada (f. 389). En fecha 21/03/2.005, se dictó auto, acordando complementar la notificación del ciudadano Carlos Alberto Arbelaez, de conformidad con el artículo 218 del Código de Procedimiento Civil (f. 390). En fecha 05/04/2.005, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y solicitaron sean notificados el resto de los co demandados (f. 391). En fecha 05/04/2.005, compareció el abogado RUBEN EDUARDO ORTIZ CORDOVA, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 29.410, procediendo en representación de los ciudadanos IRIS MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS y consignó escrito de informes (f. 392). En fecha 08/04/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó se dicte auto para mejor proveer y se aclare la evacuación de la prueba de posiciones juradas (f. 543). En fecha 08/04/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó copia certificada de los folios indicados (f. 544). En fecha 25/04/2.005, se dictó auto acordando librar nuevas boletas de notificación de conformidad con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil (f. 545). En fecha 28/04/2.005, se dictó auto acordando abrir nueva pieza en el presente expediente (f. 546). En fecha 06/06/2.005, se dictó auto de avocamiento de la Juez Mariluz Josefina Pérez (f. 548). En fecha 13/06/2.005, compareció el alguacil de este Despacho y practicó las notificaciones de acuerdo con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil (f. 549). En fecha 02/06/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó el avocamiento de la Juez (f. 550). En fecha 10/06/2.005, se dictó auto difiriendo la publicación de la sentencia para el día 08/07/2.005 (f. 551). En fecha 13/06/2.005, compareció el alguacil de este Despacho y practicó las notificaciones de acuerdo con el artículo 233 del Código de Procedimiento Civil (f. 552). En fecha 13/06/2.005, compareció la secretaria del Tribunal y practicó la notificación del ciudadano Carlos Alberto Arbelaez (f. 558). En fecha 14/06/2.005, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y solicitaron sea revocado por contrario imperio el auto de fecha 10/06/2005 (f. 560). En fecha 21/06/2.005, se dictó auto dejando constancia de la no celebración del acto de posiciones juradas (f. 561). En fecha 21/06/2.005, se dictó auto en donde se dejó constancia que la parte demandada No compareció a absolver las posiciones juradas (f. 565). En fecha 08/07/2.005, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y presentaron informes (f. 566). En fecha 14/10/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó al Tribunal dictar sentencia (f. 577). En fecha 20/10/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente se dicte sentencia (f. 578). En fecha 26/10/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente se dicte sentencia (f. 579). En fecha 14/11/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente se dicte sentencia (f. 580). En fecha 22/11/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente se dicte sentencia (f. 581). En fecha 28/11/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente se dicte sentencia (f. 582). En fecha 05/12/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente se dicte sentencia (f. 583). En fecha 05/12/2.005, comparecieron los abogados MIRLA ARRIETA y GUILLERMO ARCAYA, inscritos en el I.P.S.A., bajo los Nros. 34.653 y 54.988, respectivamente, en su carácter de apoderados de la ciudadana ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y solicitó al Tribunal oficiar a la Fiscalía Vigésimo Quinta del Ministerio Publico de Caracas con competencia plena, a los fines que remitan información sobre investigación penal que se le sigue a la parte actora (f. 584). En fecha 15/12/2.005, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó nuevamente se dicte sentencia (f. 585). En fecha 16/02/2.006, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó copia certificada de los folios indicados (f. 586). En fecha 06/03/2.006, se dictó auto acordando expedir las copias certificadas solicitadas con excepción de algunos folios (f. 587). En fecha21/03/2.006, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó se dicte sentencia en la presente causa (f. 588). En fecha 17/05/2.006, compareció el ciudadano CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, asistido por la abogada Lizbeth Barone, Inpreabogado Nº 36.892 e informó al Tribunal la revocatoria del poder conferido a los abogados Jesús Jiménez Peraza y Marbeli Ramírez, inpreabogado Nros. 6.356 y 52.189, respectivamente (f. 589). En fecha 17/05/2.006, compareció el ciudadano CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, asistido por la abogada Lizbeth Barone, Inpreabogado Nº 36.892 y solicitó la acumulación del expediente signado con el Nº KP02-V-2003-000822, con el presente expediente (f. 592). En fecha 18/05/2.006, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó la acumulación señalada por el demandado Carlos Arbelaez (f. 594). En fecha 18/05/2.006, compareció el ciudadano CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, asistido por la abogada Lizbeth Barone, Inpreabogado Nº 36.892 y consignó dirección a los fines de la notificación (f. 595). En fecha 08/06/2.006, se dictó auto dándole entrada al oficio emanado del Tribunal Supremo de Justicia, Sala Constitucional (f. 605). En fecha 08/06/2.006, se libró oficio al Presidente de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (f. 615). En fecha 13/06/2.006, se dictó auto ordenando corregir la foliatura del presente expediente (f. 616). En fecha 29/06/2.006, se dictó auto dándole entrada al presente expediente (f. 620). En fecha 07/07/2.006, se dictó auto remitiendo nuevamente el presente expediente a la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, subsanando error involuntario (f. 621). En fecha 10/08/2.009, se dictó auto dándole entrada al presente expediente (f. 342). En fecha 13/08/2.009, compareció el abogado FRANCO MERCANTI, inpreabogado Nº 115.960, representante legal de la ciudadana IRIS ARBELAEZ CHIRINOS y se da por notificado en la presente causa (f. 644). En fecha 25/09/2.009, compareció el ciudadano CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.079 y consignó copia del acta de defunción de la ciudadana IRIS MARGOTH CHIRINOS Viuda de ARBELAEZ (f. 649). En fecha 25/09/2.009, compareció el ciudadano CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 126.079 y deja constancia que no ha sido publicada la sentencia del presente asunto (f. 653). En fecha 15/10/2.009, se dictó auto acordando librar edicto de conformidad con el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil (f. 654). En fecha 03/11/2.009, se dictó auto revocando por contrario imperio el auto de fecha 10/06/2005 (f. 657). En fecha 03/05/2.010, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y se dio por notificado en el presente juicio (f. 660). En fecha 06/05/2.010, se libró edicto (f. 661). En fecha 01/07/2.010, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y desistió de la demanda en contra de la ciudadana IRIS CHIRINOS DE ARBELAEZ (f. 664). En fecha 12/07/2.010, se dictó auto en donde el tribunal se pronunciara una vez conste en autos la consignación de los edictos (f. 665). En fecha 19/07/2.010, compareció el abogado RAFAEL GONZALEZ RIVAS, inscrito en el I.P.S.A., bajo el Nº 24.882, en su carácter de parte actora y solicitó al Tribunal revoque por contrario imperio la decisión dictada en fecha 12/07/2.010 (f. 667). En fecha 05/10/2.010, se dictó auto en donde el Tribunal se abstiene de pronunciarse sobre el desistimiento hasta tanto sean cumplidas las exigencias señaladas (f. 668).
El artículo 267 del Código de Procedimiento Civil en su encabezamiento establece:
SIC: “Toda instancia se extingue por el transcurso de un año
sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las
partes”.
En el presente caso, se observa que desde la última actuación de este Tribunal de fecha 05/10/2.010, donde se dictó auto en donde el Tribunal se abstiene de pronunciarse sobre el desistimiento hasta tanto sean cumplidas las exigencias señaladas, ha transcurrido más de un año sin que se cumpliera ningún acto de impulso procesal, por lo cual, se verificó en el presente caso, el supuesto de hecho previsto en la norma parcialmente transcrita, en razón de lo cual este Juzgado, de conformidad con los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA LA PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio de DAÑOS MATERIALES y MORALES, intentado por el ciudadano RAFAEL ARTURO GONZALEZ RIVAS, contra los ciudadanos IRIZ MARGOTH CHIRINOS DE ARBELEZ, NELLY BEATRIZ ARBELAEZ DE SUCRE, IRIS ARBELAEZ CHIRINOS, ELIZABETH DE JESUS ARBELAEZ CHIRINOS y CARLOS ALBERTO ARBELAEZ CHIRINOS, identificados en autos.
NOTIFÍQUESE A LAS PARTES.
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los diecinueve (19) días del mes de Marzo de dos mil doce (2.012). AÑOS: 201° y 153°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria
ELIANA HERNANDEZ SILVA
En la misma fecha se publicó y se dejó copia.
La Sec.-
MJP/Mónica
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