REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de los Municipios Palavecino y Simón Planas de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Cabudare, 22 de Marzo de 2012.
Años 201° y 153°

EXPEDIENTE Nº 3.323-09
INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES.

Vista la TRANSACCION, suscrita entre la ciudadana MIROSLAVA BEATRIZ GONZÁLEZ, en su carácter de administradora de la JUNTA DE CONDOMINIO RESIDENCIAS LAS GUACAMAYAS TORR III, debidamente asistida por la Abg. CARMEN E. SANTANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 108.870, parte demandada en el presente juicio y por la parte demandante el Abg. SANTIAGO BARAZARTE, actuando en su propio nombre y representación, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 35.489, cursante a los folios 185 de la tercera pieza del presente expediente, por cuanto tal actuación no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, este Tribunal en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el articulo 256 del Código de Procedimiento Civil.- Déjese copia del presente auto en el copiador de sentencia del archivo de este Tribunal. Archivase la causa en su oportunidad. Cúmplase.-


La Juez.


Abg. Dulce Maria Montero Vivas.

El Secretario Temporal,

Abg. Jorge Luís Aliendo.
Se devuelve al interesado.

El Secretario Temporal,

Abg. Jorge Luís Aliendo.