REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE



JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS PALAVECINO Y SIMON PLANAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Cabudare, 29 de Marzo de 2012.
Años 201ª y 153ª

Causa Civil Nº 4.190-12.
Separación de Cuerpo y Bienes.

Vista la Solicitud de SEPARACION DE CUERPO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, entre los ciudadanos JOSE RICARDO PEÑUELA ROMERO y CAROL YANETH CASTILLO GIRALDO, mayores de edad, venezolanos, titulares de la cedula de identidad Nº V-15.729.559 y V-14.826.563 respectivamente, asistidos por la Abogada ANA CECILIA SARMIENTO HIDALGO, inscrita en el Inpreabogado bajo los Nº 108-665, désele entrada, anótese en el Libro respectivo, por cuanto la misma no es contraria al orden publico, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley. En consecuencia, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, DECLARA DICHA SEPARACION en la misma forma, término y condiciones por ellos convenidas, por estar fundamentada en causa legal. Así mismo, expídase la copia certificada correspondiente en su oportunidad. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Publico. Líbrese boleta. Fórmese expediente.-

La Juez.


Abg. Dulce Maria Montero Vivas.

El Secretario temporal

Abg. Jorge Luís Aliendo.
Seguidamente, se le dio entrada, quedando anotada bajo el Nª _____ y se libro boleta al Fiscal.

El Secretario temporal


Abg. Jorge Luís Aliendo.