República Bolivariana de Venezuela
Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo
En horas de despacho del día de hoy Quince (15) de Marzo del año Dos Mil Doce (2012), siendo las 10:30 a.m., se Traslada y constituye el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua, San Diego y Carlos Arvelo de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, a cargo de la Juez Titular abogada: Lucia D’Angelo y la Secretaria: Yasmila Faria, en las afueras de un inmueble constituido por un Local Comercial, signado con el numero 2, ubicado en el Centro Comercial Urdaneta, Avenida Urdaneta Municipio Valencia del Estado Carabobo, en compañía del abogado HERMES JESUS ABREU LUZARDO, inscrito en el Inpreabogado bajo el nº 54.782, abogado actuante, a fin de dar fiel y estricto cumplimiento al mandamiento de ejecución emanado del Juzgado Tercero de los Municipios Valencia, Libertador, Los Guayos, Naguanagua y San Diego de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo, en el cual ordeno medida de Entrega Material, con motivo del juicio por Resolución de Contrato de Arrendamiento, seguido por el abogado ya identificado contra la ciudadana: ISABEL TERESA RIVERO LORETO. Seguidamente interviene el abogado actor ya identificado y expone: “Solicito al tribunal cumpla con el mandamiento de ejecución, igualmente solicito designe cerrajero, a la depositaria Judicial Venezuela y Perito Avaluador. A continuación el Tribunal deja constancia que realiza los tres toques de ley y nadie respondió y a solicitud del abogado actor se desina cerrajero al ciudadano: RICHARD GARCIA DURAN, titular de la cedula de identidad numero V.11.349.790, quien interviene y expone: “Acepto el cargo y juro cumplir bien y fielmente con los deberes inherentes al mismo”. El tribunal ordena al cerrajero apertura la puerta del inmueble y haga el cambio de cerradura. Seguidamente deja constancia que una vez abierto el local el Tribunal se constituye en la sede del mismo e inmediatamente hace acto de presencia el ciudadano: AMABILIS ANTONIO RIVERO LORETO, titular de la cedula de identidad numero V- 9.826.287, quien manifiesta ser hermano de la demandada, a quien se le notifica de la misión a cumplir, informando este que ella esta de reposo, motivo por el cual se le hace imposible venir hasta la sede del local. Igualmente se deja constancia que hace acto de presencia la ciudadana: MARIA ALEXANDRA RODRIGUEZ RIVERO, titular de la cedula de identidad numero 21.018.742, hija de la demandada, a quien también se le notifica de la misión a cumplir y los mismos proceden a retirar los bienes muebles que se encuentran en el local, los mismos serán traslados bajo su cuenta y riesgo hasta la Urbanización Lomas de Funval. Acto seguido el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas la Circunscripción del Estado Carabobo, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace entrega material del inmueble ya identificado en la presente acta, totalmente desocupado de bienes muebles y personas a la parte actora abogado HERMES JESUS ABREU LUZARDO, ya identificado y expone: “Recibo el inmueble desocupado de bienes y personas, en estado de abandono, con filtraciones en las paredes y techo, piezas sanitarias deterioradas, deteriorado y en condiciones de hacerle mantenimiento en general de limpieza y pintura, sucio, se deja constancia que no recibo solvencia de los servicios públicos, es todo.” Se deja constancia que se cuenta con la Custodia Policial de un funcionario al mando de la Oficial Agregado CARMEN ESQUEDA, placa 2422, adscritos a la Policía del Estado Carabobo. Asimismo se deja constancia que la presente acta fue levantada en una computadora LAPTOP COMPAQ PRESARIO 2100 y se utilizo una IMPRESORA HP (C8151A) PORTATIL, serial N° S/SMY7BD5Z1VF. Asimismo se deja constancia que el inmueble objeto de entrega material es de uso netamente comercial. Seguidamente el Tribunal considera cumplida su misión acuerda remitir las actuaciones al comitente, da por concluido el acto y se restituye a su sede. Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.
La Juez titular
(Firma Ilegible)
Abog. Lucia D’Angelo
Abogado Actor
El Cerrajero (Firma Ilegible)
(Firma Ilegible)
Los Notificados
(Firmas Ilegibles)
Custodia Policial
(Firma Ilegible)
La Secretaria
(Firma Ilegible)
Abog. Yasmila Faria
Com 3818.12 Exp: 6220.
|