REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 24 de mayo de 2012
202º y 153º
Visto el escrito de oposición a la Admisión del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la representación de la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, en fecha 25 de abril del 2012, como consecuencia de la acumulación de causa, solicitada por el ciudadano Daniel Buvat, en su carácter de apoderado judicial de la contribuyente “PROVEEDORES DE LICORES PROLICOR, C.A”.
Visto, así mismo, que se encuentra vencida la Articulación Probatoria ordenada por este Tribunal mediante auto de fecha 09 de mayo del 2012; y siendo la oportunidad procesal para pronunciarse sobre la referida admisión y oposición, el Tribunal lo hace en los términos siguientes:
Advierte el Tribunal que la causa enviada por el Tribunal Primero de lo Contencioso Tributario debe acumularse a la causa que riela en el Asunto AP41-2012-000117 nomenclatura de este órgano Jurisdiccional; y siendo que ésta última causa se encuentra paralizada como consecuencia de la regulación de competencia solicitada por la Alcaldía del Municipio Chacao del Estado Miranda, este órgano Jurisdiccional, dicta la siguiente decisión
Única: Acuerda diferir la decisión sobre la oposición de la Admisión de la causa enviada por el Tribunal Superior Primero de lo Contencioso Tributario y la decisión sobre la Admisión del Recurso Contencioso Tributario interpuesto, hasta que se produzca la decisión de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, sobre la Regulación de Competencia, antes indicada.
El Juez Titula,
Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,
Hilmar Elena Rocha Esaá.
Asunto Nº AP41-U-2012-000117.
RCJ/HERE/agl.
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