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REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 PODER JUDICIAL
 Tribunal Superior Octavo  de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
 Caracas, 2 de mayo de 2012
 202º y 153º
 
 Sentencia Interlocutoria N° PJ0082012000134
 ASUNTO: AP41-U-2012-000007
 
 
 Visto el escrito de promoción de pruebas presentado en fecha dieciocho (18) de abril de 2012, por las Ciudadanas María Lodis de Morales y Flor María Zurita, titulares de las cédulas de identidad Nos. 4.557.737 y 5.005.137, e inscritas en el IMPREABOGADO bajo los Nos. 36.975 y 25.014, quienes actúan en su carácter de apoderadas judiciales de la contribuyente “IMPORTACIONES Y EXPORTACIONES KATAMI 2000, C.A.”, donde reproduce el merito favorable de los autos, promueve pruebas documentales, y prueba de informe, este Tribunal por cuanto no las considera ilegales ni  impertinentes, las admite  cuanto ha lugar en  derecho  salvo  su apreciación en la  definitiva.
 En relación a la evacuación de la Prueba de Informe, este Tribunal se pronunciara por auto separado.
 
 La Jueza Superior Titular.
 
 Dra. Doris Isabel Gandica Andrade.
 La Secretaria Titular
 
 Abg. Cristel  A. Peinado M.
 
 
 
 
 
 Asunto: AP41-U-2012-000007
 
 
 
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