REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, 21 DE MAYO DE 2012
202º y 153º
Visto la presente solicitud de exequatur presentado por los ciudadanos Antonio José Rivero Berrios y Luís Francisco Villamizar Molina abogados en ejercicio e inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 12.067 y 77.210, respectivamente en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano Rogerio Correia Castro quien pide ante esta instancia la fuerza ejecutoria en la Republica Bolivariana de Venezuela a la sentencia de fecha 09 de octubre de 2010, dictada por el Tribunal de Familia y Menores de Funchal, Isla de Madeira de la República de Portugal; y por cuanto de la revisión de los recaudos consignados a la misma marcado con letra “A” F. 08 se evidencia copia certificada de libelo de demanda de Divorcio fundamentada en el ordinal 2º del artículo 185 del Código Civil, expedida en fecha 03 de diciembre de 2010 por la secretaria del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, es por lo que este Juzgado a los fines de pronunciarse sobre el presente exequatur ordena librar oficio al mencionado Tribunal a objeto que informe a este despacho en un lapso perentorio de cinco (5) días de despacho contados a partir del recibo del oficio, el estado en que se encuentra el expediente signado con el Número AP51-V-2008-020318 (Nomenclatura interna de ese Juzgado). Líbrese oficio.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
EL SECRETARIO
ABG. RICHARS DOMINGO MATA
VJGJ/RM/JENNY
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA,
EN SU NOMBRE,
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
CARACAS, 21 DE MAYO DE 2012
202º y 153º
OFICIO Nro.
CIUDADANO:
JUEZ PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.
Me dirijo a usted en esta oportunidad a los fines de solicitarle remita a este Juzgado en un lapso perentorio de (5) días de despacho siguientes al recibo del presente oficio, información sobre el estado en que se encuentra la causa signada con el Nº AP51-V-2008-020318 (Nomenclatura Interna de ese Juzgado) contentivo de demanda de Divorcio incoada por Rogerio Correia Castro contra Maria Celeste de Andrade Fernández.
Solicitud que se hace a los fines de emitir pronunciamiento en el exequátur solicitado por el ciudadano Rogerio Correia Castro.
EL JUEZ
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES
VJGJ/RM/JENNY