REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara


ACTA AUDIENCIA PRELIMINAR (mediación)


ASUNTO Nº KP02-L-2011-1093

PARTE ACTORA: ELIANA LAMEDA, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 11.791.144.
ABOGADO DE LA PARTE ACTORA: MARÍA ALEJANDRA PÉREZ FIGUEROA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 90.135.
PARTE DEMANDADA: BASIC ART, C.A.
ABOGADO DE LA PARTE DEAMANDADA: ALEJANDRO QUIROZ GUEDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 108.752.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES



Hoy 14 de mayo del 2012, siendo las 09:00 AM, oportunidad fijada para la celebración de la audiencia preliminar; anunciándose a las puertas de este Tribunal, se abrió la misma; haciéndose presente ambas partes. Por la actora comparece su apoderado judicial, Abg. MARÍA ALEJANDRA PÉREZ FIGUEROA. Por la demandada comparece su apoderado ALEJANDRO QUIROZ GUEDEZ, ambos identificados en autos.

Seguidamente y luego de diversas valoraciones realizadas por las partes, a sus escritos y documentos probatorios, así como de los ejercicios de recálculos de los conceptos demandados; la representación del empleador expone: "A los fines de dar por terminado el presente juicio ofrezco cancelarle por concepto de Prestaciones Sociales, la suma de BOLIVARES CINCUENTA MIL SEISCIENTOS (Bs. 50.600), toda vez que luego de realizar el recalculo de los conceptos reclamados, es dicha cantidad la que le corresponde al accionante, por los conceptos indicados en su libelo de demanda; ello debido a que la actora ha recibido adelantos de prestaciones sociales. Queda entendido de que con este pago, nada queda a debérsele al extrabajador reclamante por los conceptos demandados en el presente juicio, ni por costas procesales, ni por ningún otro concepto laboral. Dicho pago se efectuara de la siguiente manera: En el día de hoy se cancela la cantidad de Bolívares VEINTICINCO MIL (Bs.25.000), mediante cheque Nº 55678836, del Banco Mercantil, a nombre de la demandante. Para el día 14 de junio del 2012, la cantidad restante de Bolívares Veinticinco Mil Seiscientos exactos (Bs 25.600), en horas de despacho y por ante las oficinas de la URDD.

Así mismo, la representación del trabajador demandante expone: "Visto el ofrecimiento efectuado por la representación de la parte demandada, en nombre y representación de mi poderdante, manifiesto que acepto la propuesta formulada por el apoderado de la demandada y recibiendo conforme el cheque descrito. Así mismo declaro que una vez cancelado la totalidad del presente acuerdo, la empresa demandada no quedara nada a deberme por los conceptos demandados y que se encuentran descritos en el libelo.

Ambas partes solicitan se declare terminado el procedimiento y se le imparta la homologación correspondiente al presente acuerdo, solicitando se les expida copias certificadas del mismo.

La juez en atención a los acuerdos alcanzado por las partes y que se encuentran contenidos en la presente Acta de Mediación, los cuales son productos de la libre voluntad, consciente y de manera espontánea, los cuales tienden a garantizar la armoniosa resolución de los conflictos y a restablecer el equilibrio jurídico entre las partes, no siendo contrario a derecho ni conteniendo renuncia alguna de derechos irrenunciables, de conformidad con lo establecido en los Artículos 253 y 258 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en sintonía con los Artículos 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y articulo 3 Parágrafo Único de la Ley Orgánica del Trabajo; éste Tribunal en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley; declara:
PRIMERO: Homologa los acuerdos alcanzados, en consecuencia, los mismos producen efectos similares a los de una sentencia definitivamente firme con fuerza de autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: Terminado como se encuentra el proceso, y previa solicitud de las partes, se entregan en este acto las pruebas aportadas. La presente causa no se cerrara hasta tanto conste el último pago acordado. Se acuerda expedir copias certificadas de la presente acta. Es todo. Terminó siendo las 9:30 AM. Se leyó y conforme firman.
LA JUEZ


Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


ELDEMANDANTE, EL DEMANDADO,


LA SECRETARIA

ABOG MARIA KAMELIA JIMENEZ